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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 750

15 DE JULIO DE 2026

Presentada por las representantes Gutiérrez Colón, Lebrón Robles; y el

representante Márquez Lebrón

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para Ordenar a la Comisión de Región del Sur a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de expropiación, desplazamiento forzoso y posibles irregularidades administrativas en la comunidad Carrasquillo del Municipio de Cayey, con el fin de salvaguardar los derechos de sus residentes, promover la transparencia en las gestiones gubernamentales y establecer medidas correctivas o legislativas, de ser necesarias, para proteger a las comunidades vulnerables y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Comunidad Carrasquillo en Cayey ha expresado, de manera reiterada, temor al desplazamiento de su comunidad. Este temor no surge en un vacío. En el 2012, cerca de 50 familias recibieron notificaciones del Municipio anunciando la adquisición de sus propiedades para el supuesto desarrollo del proyecto “Construcción Transporte Colectivo Cayey-San Juan”. Aunque se prometió la mejora de infraestructura vial, el proyecto nunca se concretó. Las propiedades fueron demolidas, los terrenos quedaron en desuso, y las personas desplazadas no recibieron las garantías de retorno ni el desarrollo comunitario anunciado, lo que generó un clima de desconfianza y desprotección comunitaria ante cualquier nuevo proyecto público que pueda implicar la adquisición de terrenos, la intervención de propiedades privadas o la alteración sustancial del entorno residencial de la comunidad.

En marzo de 2025, vecinos de la comunidad recibieron unas nuevas cartas del municipio, en la cual se solicitaba coordinar reuniones para que el Municipio pudiera adquirir nuevamente sus propiedades. Aunque esta vez no se mencionó la palabra “expropiación”, los residentes temen la repetición de un patrón de desplazamiento forzoso, particularmente cuando aún no se ha rendido cuentas sobre las acciones previas ni se ha demostrado un proyecto concreto que justifique estas adquisiciones. La falta de transparencia y participación ciudadana levanta serias preocupaciones sobre el respeto a los derechos de las comunidades afectadas.

El Municipio de Cayey ha sostenido públicamente que el proyecto no contempla procesos de expropiación forzosa ni desplazamiento involuntario de residentes que no interesen vender sus propiedades. No obstante, la propia documentación municipal reconoce que su Legislatura Municipal autoriza al alcalde a adquirir de cualquier modo legal, aquellas propiedades necesarias para el desarrollo del proyecto.

El 22 de mayo de 2025, el Senado de Puerto Rico aprobó la Petición de Información 2025-0068, esta le requirió al Municipio de Cayey información relacionada al Proyecto del Parque Urbano en Cayey en un término de diez (10) días laborables.

El 16 de septiembre de 2025, más de cuatro (4) meses después de la solicitud inicial. El Municipio de Cayey proveyó una contestación parcial a la Petición de Información 2025-0068. Sin embargo, en dicha contestación, el Municipio de Cayey no entregó documentos requeridos en la respuesta a la petición. A veinte (20) días de la contestación parcial, este municipio todavía no ha sometido la totalidad de la información requerida. Con el fin de evaluar la viabilidad fiscal del desarrollo, identificar el impacto a las comunidades aledañas y salvaguardar el derecho a la vivienda de residentes del Municipio de Cayey, el 16 de octubre de 2025, se presentó una segunda Petición de Información numerada 2025-0133. Sin embargo, la contestación a esta segunda petición también resultó deficiente.

La falta de precisión sobre los fondos es particularmente preocupante. Un proyecto de esta magnitud no puede evaluarse adecuadamente si el Municipio no especifica cuánto costará ni de dónde saldrán los fondos. A ello se suma la controversia sobre las propiedades potencialmente afectadas. El Municipio ha señalado ciertos números de catastro que podrían estar relacionados con el proyecto o con posibles adquisiciones. Sin embargo, el Municipio también sometió mapas, imágenes y presentaciones con áreas sombreadas que aparentan abarcar una huella territorial más amplia que la lista específica de propiedades identificadas.

Por todo lo anterior, resulta necesario ordenar a la Comisión de la Región Sur de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el proyecto conocido como el Parque Urbano de Cayey y su impacto actual o potencial sobre la Comunidad Carrasquillo.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Región del Sur a realizar una investigación exhaustiva sobre los procesos de expropiación, desplazamiento forzoso y posibles irregularidades administrativas en la comunidad Carrasquillo del Municipio de Cayey, con el fin de salvaguardar los derechos de sus residentes, promover la transparencia en las gestiones gubernamentales y establecer medidas correctivas o legislativas, de ser necesarias, para proteger a las comunidades vulnerables y para otros fines.

Sección 2.- Como parte de esta investigación, la Comisión preparará un informe que incluirá, sin limitarse, los siguientes asuntos:

  1. la extensión territorial exacta del proyecto, expresada en cuerdas, coordenadas geográficas, planos, mapas y descripción registral o catastral;
  2. identificar toda propiedad, solar, finca, lote, estructura o área verde que forme parte del proyecto, que colinde con el proyecto, o que el Municipio de Cayey contemple adquirir, afectar, intervenir o utilizar para su desarrollo;
  3. comparar la lista de propiedades o números de catastro señalados por el Municipio de Cayey con todos los mapas, planos, imágenes, presentaciones, diseños conceptuales, solicitudes de permisos, solicitudes de fondos, documentos sometidos a agencias estatales o federeales;
  4. investigar cualquier discrepancia entre los catastros identificados como propiedades objeto de posible adquisición y cualquier mapa o documento grafico que represente un área de mayor impacto;
  5. identificar con precisión las partidas presupuestaruas, asignaicones, subvenciones, propuestas, contratos, donativos, pareos, fondos de mitigación, fondos de recuperación, fondos de infraestructura, prestamos o cualquier otro mecanismo fiscal relacionado con el proyecto;
  6. identificar todo contrato, acuerdo, propuesta, factura, desembolso o compromiso económico suscrito con cualquier persona natural o jurídica relacionada con el proyecto;
  7. requerir copia de todos los estudios de viabilidad, impacto ambiental, tránsito, urbanismo o cualquier otro estudio realizado con relación al proyecto;
  8. investigar toda comunicación cursada a residentes de la Comunidad Carrasquillo o a propietarios de terrenos colindantes relacionada con adquisición, compraventa, expropiación o cualquier gestión similar;
  9. determinar si terrenos adquiridos previamente por el Municipio de Cayey fueron utilizados para los fines públicos anunciados, permanecen en desuso, fueron transferidos, fueron alterados o forman parte del nuevo proyecto; y
  10. evaluar cualquier otra actuación, omisión, inconsistencia o irregularidad administrativa relacionada con el proyecto y con la protección del derecho de los residentes a permanecer en su comunidad.

Sección 3. – La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos y conclusiones en un término no mayor de ciento ochenta (180) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución.

Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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