GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 4ta. Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 757 10 DE AGOSTO DE 2026 Presentada por la representante Pérez Ramírez Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva que permita conocer la eficacia del Programa de Mejoras Capitales, dispuesto en la Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como "Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico", respecto al estado general en el que se encuentra la infraestructura y el funcionamiento de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA); los proyectos encaminados por esta y planes futuros para atender la pérdida de agua potable; así como un desglose de las razones a las que responden los porcentajes de dicha pérdida, con el objetivo de establecer mecanismos de auditorías periódicas, la rendición de informes anuales por parte de la AAA que detallen la cantidad de recurso que se desperdicia y la implementación de metas a corto y largo plazo para el control y la reducción de fugas de agua. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como "Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico" estableció el Plan Decenal del Programa de Mejoras Capitales, con la obligación de que la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) adoptara e implementara las mejores prácticas de la industria de aguas, a los fines de mejorar la eficiencia en la operación y monitoreo de sus métricas internas. Para su consecución se dispuso la creación de un plan de control de pérdidas que fuere enmendado cada tres (3) años, e incluyera iniciativas específicas y sus costos asociados, además de las metas de la Autoridad. Sin embargo, durante años en Puerto Rico se ha afrontado una indiscutible crisis de pérdida de agua. El sistema de distribución de la AAA, enfrenta un serio problema ante la significativa pérdida del preciado recurso, problema que adjudica, entre otras razones, al deterioro de la infraestructura, ocasionando su rotura y las fugas de agua en las tuberías. La entidad define estas pérdidas como la diferencia entre el agua producida y el consumo autorizado. A pesar de que históricamente se han señalado las deficiencias en el sistema y los elevados niveles de agua no cotizada, los medios de la Isla han reseñado que la pérdida del recurso continúa representando uno de los principales retos de la AAA para garantizar un servicio confiable y sostenible. Según un informe preparado por la Junta de Control Fiscal sobre la AAA en julio de 2025, la entidad "produce unos 513 millones de galones de agua al día y que, de esa cantidad, se pierden diariamente cerca de 267 millones de galones o poco más de la mitad en lo que se desglosa como pérdidas físicas, es decir, en filtraciones o lo que se conoce como 'salideros' de agua." Esto es una situación que lleva años sin atenderse proactivamente. El 17 de mayo de 2022, el periódico El Vocero publicó un artículo titulado "Se pierde el 65% del agua que produce la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados". La noticia mencionó que, según el informe de un oficial examinador sobre revisión de las tarifas de la AAA, la corporación, para aquel momento, perdía el 65% del agua que purifica, de la cual el 58% se debía a filtraciones. El artículo resaltó que para el 2021, el 66.47% de la producción del agua, equivalente a 359.30 millones de galones de agua por día, se perdía y no fue nunca facturada. Se adujo que las causas de la pérdida incluían factores como las roturas de las líneas de transmisión; filtraciones en las estaciones de bombeo; filtraciones en las "bocas de incendio"; acometidas ilegales que extraen agua sin contabilizarse y errores de contadores obsoletos. Para el 30 de abril de 2025, según información provista por el antedicho periódico, la Junta Supervisión Fiscal cuestionó la pérdida del 66% del agua en la AAA. La Junta, utilizando los datos de la Autoridad, aseveró que durante el año fiscal 2024, un 66% de los 513.16 millones de galones de agua potable producidos diariamente por la corporación se perdió en salideros y averías. Esta cifra resulta alarmante, máxime al compararse con datos provistos por la Agencia de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés), que estiman que la pérdida de agua que no llega al usuario en los Estados Unidos representa solo un 16% del agua producida en la nación. Ante esta realidad, resulta indispensable fortalecer las políticas públicas dirigidas a la rehabilitación de la infraestructura, la detección de las pérdidas y la reparación oportuna de salideros de la AAA; así como la modernización de sus métodos de medición y la optimización del uso de agua. Esto, debido a que la persistente situación de la perdida de millones de galones de agua potable incide de manera significativa en la calidad de vida de los puertorriqueños; pues su desperdicio aumenta los costos operacionales del sistema y reduce la eficiencia del servicio, provocando frecuentes interrupciones repentinas que afectan a miles de familias. Por las consideraciones anteriores, se ordena una investigación exhaustiva sobre la eficacia del Plan Decenal de Mejoras Capitales y las responsabilidades institucionales de AAA, al amparo de la Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945, según enmendada. El objetivo de esta investigación será conocer el estado general en el que se encuentra la infraestructura y funcionamiento de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, los proyectos encaminados por esta y sus planes futuros para atender la pérdida de agua potable. Esto, con el objetivo de establecer mecanismos de auditorías periódicas, la rendición de informes anuales por parte de la AAA, y la implementación de metas a corto y largo plazo para el control y la reducción de fugas de agua. Es menester para la Cámara de Representantes proveer una mejora en la calidad de vida de los abonados de la AAA, en la medida que se fortalece la seguridad hídrica y los abastos de agua en Puerto Rico para las presentes y futuras generaciones. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1. - Se ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva que permita conocer la eficacia del Programa de Mejoras Capitales, dispuesto en la Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como "Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico", respecto al estado general en el que se encuentra la infraestructura y el funcionamiento de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, los proyectos encaminados por esta y sus planes futuros para atender la pérdida de agua potable, así como un desglose de las razones a la que responden los porcentajes de pérdida, con el objetivo de establecer mecanismos de auditorías periódicas, la rendición de informes anuales por parte de la entidad, donde se detalle la cantidad de recurso que se desperdicia, y la implementación de metas a corto y largo plazo sobre el control y la reducción de fugas de agua. Sección 2. - La investigación deberá incluir, sin limitarse a: Estudios realizados por la Junta de Gobierno de la AAA, y entidades concernientes tales como el Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico, la Sociedad Americana de Ingenieros Civiles, el Cuerpo de Ingenieros de los Estados Unidos, las facultades de ingeniería de la Universidad de Puerto Rico, y cualesquiera otras instituciones académicas de Puerto Rico o el exterior que haya realizado estudios sobre la materia objeto de la investigación que aquí se ordena. Los proyectos, si alguno, encaminados y vislumbrados a futuro por la AAA para enfrentar la pérdida de agua potable, el costo estimado para solucionar el problema de los salideros o la reparación roturas en la infraestructura, fecha proyectada para el comienzo de los trabajos y el tiempo estimado para su culminación. Un desglose, por región, que detalle las razones a las que responden los porcentajes de pérdida de agua. Sección 3. - La Comisión podrá celebrar vistas públicas; citar a funcionarios, expertos y testigos; requerir información, documentos y objetos; así como realizar cualquiera otro trámite pertinente, con el fin de cumplir con el mandato establecido en esta Resolución. Sección 4. - La Comisión deberá presentar un informe parcial ante la Cámara de Representantes de Puerto Rico que contenga los hallazgos, conclusiones y las recomendaciones surgidas de esta investigación en un término no mayor de noventa (90) días a partir de la aprobación de esta medida. Sección 4. - Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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