GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 4ta. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 771
17 DE AGOSTO DE 2026
Presentado por los representantes Ferrer Santiago, Torres García, Feliciano Sánchez, Figueroa Acevedo, Fourquet Cordero; las representantes Hau, Higgins Cuadrado, Martínez Soto; los representantes Rivera Ruiz de Porras, Rosas Vargas, Torres Cruz, Varela Fernández; y la representante Vargas Laureano
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para expresar el respaldo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a las iniciativas presentadas por el Comisionado Residente de Puerto Rico en Washington, D.C., Pablo José Hernández Rivera, para atender la emergencia provocada por la sequía que afecta a Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Puerto Rico atraviesa una de las emergencias hídricas más severas de las últimas décadas. Conforme al Monitor de Sequía de los Estados Unidos (United States Drought Monitor), aproximadamente el 78.94% de puerto Rico registra alguna clasificación de sequía. El 67.77% se encuentra bajo condiciones de sequía moderada o superior (D1), el 35.63% bajo sequía severa o superior (D2) y el 9.49% bajo sequía extrema (D3). El deterioro ha sido acelerado. Se estima que aproximadamente 2,881,461 personas residen en zonas afectadas por algún nivel de sequía.
La sequía extrema se concentra en la franja sur y suroeste del País, y alcanza a los municipios de Cabo Rojo, Lajas, Guánica, Yauco, Guayanilla, Peñuelas, Ponce, Juana Díaz, Santa Isabel, Coamo y Salinas. En el sector agrícola ha sido necesario racionar el agua en los distritos de riego del sur. Se han reportado de manera preliminar reducciones de hasta un 69% en la producción de café, así como mermas en los rendimientos de pimientos y frutas. Los dos embalses principales han tenido que efectuar ajustes operacionales a causa de sus bajos niveles, y otros cinco podrían requerirlos próximamente.
En el sector doméstico, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) activó un Plan de Interrupciones Programadas que establece ciclos de racionamiento de 48 horas, afectando a aproximadamente 183,000 abonados en sectores de San Juan, Trujillo Alto, Carolina, Canóvanas, Loíza, Gurabo y Juncos. La propia Autoridad ha advertido que, de continuar el descenso de los niveles del embalse Carraízo, dichos ciclos podrían extenderse a 72 horas.
El Gobierno de Puerto Rico ha adoptado medidas como la activación de la Guardia Nacional de Puerto Rico para asistir en el acarreo, la distribución y la purificación de agua. Asimismo, la Junta de Supervisión Fiscal autorizó el acceso a la Reserva de Emergencia y se gestiona el desembolso de aproximadamente $127,000,000 provenientes de los fondos rotatorios estatales de agua limpia y de agua potable. No obstante, estas medidas no activan los mecanismos de asistencia federal de emergencia que la magnitud de esta crisis amerita.
Ante ese escenario, el Comisionado Residente de Puerto Rico en Washington, D.C., Pablo José Hernández Rivera, presentó un conjunto de iniciativas dirigidas al Gobierno federal. En primer lugar, exhortó a la Gobernadora de Puerto Rico a solicitar al Presidente de los Estados Unidos una declaración federal de emergencia. En segundo lugar, expresó su disposición a gestionar el respaldo congresional a esa solicitud, tal como ocurrió en el 2025 con la declaración de emergencia energética. En tercer lugar, planteó que la solicitud incluya un reclamo de asistencia individual, lo cual habilitaría préstamos de la Administración Federal de Pequeños Negocios (Small Business Administration) para los comercios afectados por la sequía. En cuarto lugar, anunció que recomendará al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos la emisión de una designación de desastre por sequía.
La solicitud de una declaración presidencial de emergencia únicamente puede ser presentada por el Gobernador o Gobernadora del estado o territorio afectado. El Presidente de los Estados Unidos no puede emitir una declaración de esta naturaleza motu proprio de no ser que medie solicitud de la Gobernadora. De obtenerse, la declaración ampliaría los recursos federales disponibles para la distribución de agua y permitiría el reembolso de los gastos de emergencia incurridos por los municipios y por la AAA.
De obtenerse la declaración de emergencia presidencial, se pudiera obtener asistencia federal directa para el acarreo, purificación y almacenamiento de agua; se pudiera abrir la posibilidad de que la movilización de la Guardia Nacional de Puerto Rico se sufrague con fondos federales; y, mediante el reclamo de asistencia individual, se activarían los préstamos de la Administración Federal de Pequeños Negocios para los comercios y las empresas afectadas. A ello se sumaría la asistencia que el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos puede proveer ayudas como el suministro de agua de emergencia, la perforación de pozos y la instalación de líneas temporeras de distribución. También, se pudieran habilitar la asistencia económica mediante préstamos de emergencia y demás ayudas que el Departamento de Agricultura federal pone a disposición de los agricultores y ganaderos.
Esta Cámara de Representantes entiende que la atención de esta emergencia es una prioridad impostergable. Por ello, este Cuerpo respalda las medidas propuestas por el Comisionado Residente, hace suyos los reclamos aquí consignados y se compromete a acompañar toda gestión dirigida a obtener la asistencia federal que Puerto Rico necesita.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se expresa el respaldo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a las iniciativas presentadas por el Comisionado Residente de Puerto Rico en Washington, D.C., Hon. Pablo José Hernández Rivera, para atender la emergencia provocada por la sequía que afecta a Puerto Rico.
Sección 2.- La Cámara de Representantes de Puerto Rico, además:
Sección 3.- Se ordena a la Secretaría de la Cámara de Representantes el envío de copias certificadas de esta Resolución a la Gobernadora de Puerto Rico y al Comisionado Residente de Puerto Rico en Washington, D.C.; y, traducidas al idioma inglés, al Presidente de los Estados Unidos, al Administrador de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias, al Secretario de Agricultura de los Estados Unidos, a los lideratos de mayoría y de minoría de la Cámara de Representantes y del Senado de los Estados Unidos, y a los presidentes y miembros de minoría de los comités congresionales con jurisdicción sobre los asuntos aquí consignados. Se ordena, además, su divulgación a los medios de comunicación del País.
Sección 4.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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