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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea

3ra. Sesión

Legislativa

Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 688

INFORME POSITIVO

25 de junio de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 688, presentada por la representante Medina Calderón y el representante Jiménez Torres, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:

“Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento por parte del Comité Olímpico de Puerto Rico y las federaciones y organizaciones deportivas con lo establecido en el Artículo 14 de la Ley Núm. 5-2022, conocida como “Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño”, y el Artículo 10 de la Ley Núm. 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, en cuanto a la obligación de preparar y presentar anualmente los estados financieros auditados y las planillas contributivas correspondientes; y para otros fines relacionados.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 688 tiene el propósito de ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento, por parte del Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR), sus federaciones afiliadas y demás organizaciones deportivas, con las obligaciones de transparencia financiera establecidas en el Artículo 14 de la Ley Núm. 5-2022, conocida como “Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño”, y en el Artículo 10 de la Ley Núm. 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, en lo relativo a la preparación y presentación anual de estados financieros auditados y planillas contributivas.

En la exposición de motivos se detalla que, desde 1985, el Gobierno de Puerto Rico ha asignado fondos públicos al COPUR para la preparación de atletas que representan a Puerto Rico en competencias internacionales, incluyendo los Juegos Olímpicos, los Juegos Panamericanos y los Juegos Centroamericanos y del Caribe. La Asamblea Legislativa estableció una asignación fija de doce (12) millones de dólares anuales al COPUR, a las federaciones afiliadas y a otras organizaciones deportivas mediante la Ley Núm. 5-2022. Dichas disposiciones legales requieren que las entidades beneficiarias rindan cuentas de forma clara y transparente sobre el uso de los fondos asignados para el desarrollo y fortalecimiento del deporte puertorriqueño.

La medida reconoce la labor que ha realizado el COPUR a lo largo de su trayectoria en favor del deporte en Puerto Rico, al tiempo que reafirma el deber de este Cuerpo Legislativo de velar por el uso correcto de los fondos públicos y de fomentar la transparencia en toda erogación de recursos del erario. Se destaca, además, que el Departamento de Recreación y Deportes (DRD) está autorizado por ley para solicitar informes y realizar auditorías como custodio de los fondos que el Gobierno de Puerto Rico les provee a las federaciones deportivas.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 688, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN

Presidente

Comisión de Asuntos Internos

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