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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 1288

Informe Positivo

7 de octubre de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, tiene el honor de recomendar a este Honorable Cuerpo la aprobación del Proyecto de la Cámara 1288 sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara Número 1288 tiene el propósito de enmendar el inciso (a) sub-inciso (18) de la Sección 1031.02 y el inciso (a) de la Sección 3030.17. de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de que personas al servicio del Gobierno de los Estados Unidos de América y que sean trasladadas oficialmente para prestar sus servicios al Gobierno de Puerto Rico, tengan incentivos para permanecer en la Isla; y para otros fines relacionados.

Según se desprende de la exposición de motivos, se reconoce la importancia de las agencias federales en Puerto Rico, particularmente en las áreas de seguridad pública, respuesta a emergencias y prestación de servicios esenciales, así como la estrecha colaboración que mantienen con las autoridades estatales.

Ante las dificultades para reclutar y retener empleados federales en la Isla, ocasionadas por factores como el alto costo de vida, los costos de energía, las deficiencias en infraestructura y el impacto de desastres naturales, se propone fortalecer los incentivos disponibles para estos empleados. Actualmente, ciertas bonificaciones y ayudas para gastos de mudanza, educación y otros conceptos están sujetas a tributación local, lo que reduce su efectividad.

El proyecto propone enmendar la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, para eximir de tributación local determinadas bonificaciones y asistencias recibidas por empleados federales trasladados a Puerto Rico, con el propósito de fomentar su reclutamiento y retención y fortalecer la prestación de servicios esenciales en la Isla.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para el análisis y dar cumplimiento a las disposiciones del P. de la C. 1288 la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, dispone de los memoriales explicativos a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), la Oficina del Procurador del Veterano (OPV), la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) y del Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico.

Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP)

En el memorial sometido por la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), se presenta el Proyecto de la Cámara 1288 como una iniciativa dirigida a fortalecer la capacidad de Puerto Rico para atraer y retener empleados del Gobierno federal asignados oficialmente a la Isla. La medida reconoce la importancia de las agencias federales en áreas esenciales como la seguridad pública, la prevención del crimen, el manejo de emergencias y la prestación de servicios, así como la estrecha colaboración que mantienen con las entidades gubernamentales locales.

A tales efectos, la OGP destaca que la medida procura atender los retos económicos y operacionales que pueden incidir en la decisión de empleados federales y sus familias de aceptar o mantener una asignación oficial en Puerto Rico. Para ello, propone excluir de tributación local determinadas bonificaciones y ayudas económicas destinadas a sufragar gastos asociados con la relocalización, la matrícula escolar y los ajustes por costo de vida. De igual forma, contempla ampliar la exención de arbitrios para facilitar la introducción de un segundo vehículo por parte de familias que se trasladan oficialmente a la Isla.

Según expone la OGP, estas disposiciones contribuyen a establecer condiciones más favorables para el reclutamiento y la permanencia de personal federal en Puerto Rico. A su vez, la presencia y establecimiento de estos empleados y sus familias representa una aportación a la actividad económica local mediante el consumo de bienes y servicios, así como la utilización de servicios de vivienda, educación, transportación y otros sectores de nuestra economía.

Asimismo, la OGP señala que la medida procura armonizar el tratamiento contributivo local con los incentivos y programas de traslado establecidos por el Gobierno federal, promoviendo mayor coherencia y facilitando los procesos administrativos relacionados con la relocalización de empleados. De esta manera, se fortalece la competitividad de Puerto Rico como destino para asignaciones oficiales y se fomenta una mayor estabilidad en la prestación de los servicios federales en la Isla.

En consecuencia, la OGP favorece una política pública dirigida a fortalecer la colaboración entre los gobiernos estatal y federal, facilitar la atracción y retención de talento y promover condiciones que contribuyan al bienestar, la seguridad y el desarrollo económico de Puerto Rico.

Oficina del Procurador del Veterano (OPV)

La Oficina del Procurador del Veterano (OPV) expresa su apoyo al Proyecto de la Cámara 1288, que propone eximir de contribuciones locales ciertas bonificaciones y ayudas que reciben empleados federales trasladados oficialmente a Puerto Rico, además de ampliar de uno a dos vehículos la exención de arbitrios en esos traslados. La medida busca atender las dificultades de reclutamiento y retención de personal federal en la Isla, retos agravados por el alto costo de vida, la infraestructura frágil y la carga tributaria aplicada a incentivos de relocalización.

La OPV señala que el régimen vigente de arbitrios en Puerto Rico funciona como un sistema aduanero interno, imponiendo impuestos por la simple entrada de bienes asociados a mudanzas, lo cual contrasta con la práctica de los estados de la Unión y actúa como un desincentivo para trasladarse a la Isla. Este efecto no solo impacta a empleados federales, sino también a veteranos y exmilitares puertorriqueños que con frecuencia enfrentan los mismos procesos de traslado.

Aunque la exención contributiva tendría un impacto fiscal directo limitado debido a su aplicación a un grupo reducido, la OPV enfatiza que el potencial económico a largo plazo es considerable. Las familias que se establecen en Puerto Rico generan actividad económica sostenida en sectores como vivienda, servicios, educación y consumo, lo que se traduce en recaudos recurrentes y mayor dinamismo económico. Por ello, la medida debe entenderse como una herramienta de crecimiento y competitividad, más que como una renuncia aislada de recaudos.

Finalmente, recomienda solicitar al Departamento de Hacienda y a la Oficina de Gerencia y Presupuesto un análisis formal del impacto fiscal para afinar estimaciones y fortalecer la evaluación legislativa. En conjunto, la OPV concluye que el P. de la C. 1288 representa una política pública sensata que promueve la atracción de capital humano, la actividad económica y la modernización del marco contributivo aplicable a traslados oficiales.

Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH)

El memorial sometido por la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) reconoce favorablemente el propósito de la medida de establecer incentivos contributivos para empleados del Gobierno federal trasladados oficialmente a Puerto Rico. Destaca la importancia de las agencias federales en áreas como la seguridad pública, la respuesta a emergencias, la salud y los servicios a veteranos, así como su colaboración con el Gobierno de Puerto Rico.

La OATRH reconoce que factores como el costo de vida, los costos energéticos, los retos de infraestructura y las exigencias operacionales dificultan el reclutamiento y la retención de personal federal en la Isla. En atención a ello, la medida propone eximir de tributación determinadas ayudas económicas, ajustes por costo de vida y beneficios relacionados con la relocalización, con el propósito de reducir las cargas económicas de estos empleados.

Aunque la medida no incide directamente sobre las funciones de la OATRH, la Oficina reconoce su propósito de fortalecer el reclutamiento y la retención de personal federal cualificado, lo que contribuye a la continuidad de servicios esenciales y al fortalecimiento de la colaboración entre los gobiernos federal y estatal. Por ello, la OATRH reconoce la iniciativa como una alternativa positiva para Puerto Rico.

Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico.

El Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico reconoce el propósito positivo del P. de la C. 1288, dirigido a establecer incentivos contributivos para empleados del Gobierno federal trasladados oficialmente a Puerto Rico. Destaca la importancia de la presencia federal en áreas esenciales como la seguridad pública, el manejo de emergencias, la salud, la investigación criminal y los servicios a veteranos, así como la estrecha colaboración entre las agencias federales y estatales.

El Colegio reconoce que factores como el costo de vida, los retos de infraestructura y las exigencias operacionales asociadas a emergencias naturales pueden representar obstáculos para el reclutamiento y la retención de personal federal cualificado en la Isla. En ese sentido, entiende que los incentivos propuestos pueden contribuir a hacer más atractivo el traslado y la permanencia de estos empleados, fortaleciendo la capacidad de Puerto Rico para atraer profesionales altamente capacitados.

Asimismo, el Colegio reconoce como favorable el objetivo de promover una jurisdicción competitiva para la atracción y retención de talento, particularmente cuando ello redunda en el fortalecimiento de servicios esenciales y de la colaboración intergubernamental. En términos generales, el Colegio reconoce que la medida responde a una necesidad legítima y que sus disposiciones pueden contribuir al desarrollo socioeconómico y al fortalecimiento institucional de Puerto Rico.

IMPACTO FISCAL

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) estimó en su informe 2026-594 que el impacto fiscal del P. de la C. 1288 dependerá del número de empleados federales que cualifiquen y reclamen los beneficios, así como del valor de las bonificaciones, asistencias y vehículos cubiertos. Debido a que no es posible determinar con precisión el número de beneficiarios, la OPAL realizó un estimado por empleado trasladado oficialmente a Puerto Rico. Bajo dicho escenario, se estima un efecto fiscal de aproximadamente $2,471 por empleado por concepto de contribución sobre ingresos y $5,055 por la exención de arbitrios del segundo vehículo, para un impacto fiscal unitario total aproximado de $7,526.

De igual forma, a petición de la Comisión de Hacienda la OPAL emitió un informe enmendado en el cual incluyo un apéndice el cual presenta un estimado de ingresos de Impuesto sobre Ventas y Uso por empleado que decida trasladarse a Puerto Rico. Este análisis concluyo que el IVU estimado que recobrará el Gobierno de Puerto Rico por empleado federal trasladado es de $1,474. A esta cuantía deben añadirse $5,752 en concepto de contribución sobre ingresos, conforme al escenario de trabajado por la OPAL. También es importante destacar el efecto multiplicador que la actividad económica de estas personas trasladadas a Puerto Rico tendrá en la economía, incluida la creación de nuevos empleos y el pago de contribuciones sobre la propiedad, entre otros beneficios.

Al evaluar el impacto fiscal presentado por la OPAL en su informe, concluimos que esta medida cumple con el principio de neutralidad fiscal. Asimismo, cabe señalar que los beneficios destinados a los empleados federales que se trasladen a Puerto Rico para desempeñar sus funciones no serán recurrentes. En contraste, el Gobierno recibirá ingresos recurrentes derivados de la actividad económica que generen estas personas y de las contribuciones que deberán aportar.

CONCLUSIÓN

En conclusión, la Comisión reconoce el estimado de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), que identifica un impacto fiscal potencial de aproximadamente $7,526 por cada empleado federal trasladado a Puerto Rico que reclame la totalidad de los beneficios contemplados. No obstante, este estimado debe evaluarse dentro de una perspectiva más amplia, ya que no cuantifica los beneficios económicos y fiscales que pueden derivarse del establecimiento de estos empleados y sus familias en la Isla.

La relocalización de estos empleados puede generar actividad económica adicional mediante el consumo de bienes y servicios, la adquisición o alquiler de vivienda, educación, transportación y otros servicios. Asimismo, su permanencia en Puerto Rico puede contribuir a generar recaudos adicionales por concepto de impuestos al consumo, contribuciones sobre la propiedad y otros ingresos asociados con su actividad económica. Por tanto, el impacto fiscal de la medida debe considerarse en términos netos y tomando en cuenta sus posibles beneficios económicos a mediano y largo plazo.

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Hacienda considera que el P. de la C. 1288 constituye una iniciativa favorable para Puerto Rico, al promover la atracción y retención de talento, fortalecer la presencia de empleados federales en la Isla y estimular la actividad económica. En consecuencia, la Comisión recomienda a este Honorable Cuerpo la aprobación del P. de la C. 1288, sin enmiendas.

Respetuosamente sometido,

Eddie Charbonier Chinea

Presidente

Comisión de Hacienda

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