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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 711

INFORME POSITIVO

27 de agosto de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 711, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:

“Para ordenar a la Comisión de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la respuesta de las agencias de emergencia ante la explosión e incendio ocurridos en la madrugada del 8 de noviembre de 2025 en un apartamento ubicado en una vivienda multifamiliar localizada en el Paseo Dorado, Primera Sección de Levittown, Toa Baja, que resultó en la muerte de Enid Nicole Montalvo Martínez; evaluar si los tiempos de respuesta del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, del Negociado del Sistema de Emergencias 9-1-1 y de los servicios paramédicos cumplieron con los protocolos establecidos; identificar posibles deficiencias en la coordinación interagencial y los mecanismos de respuesta a emergencias; y para otros fines relacionados.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 711 persigue realizar una investigación exhaustiva sobre la respuesta de las agencias de emergencia ante la explosión e incendio ocurridos en la madrugada del 8 de noviembre de 2025 en un apartamento ubicado en una vivienda multifamiliar localizada en el Paseo Dorado, Primera Sección de Levittown, Toa Baja, que resultó en la muerte de Enid Nicole Montalvo Martínez; evaluar si los tiempos de respuesta del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, del Negociado del Sistema de Emergencias 9-1-1 y de los servicios paramédicos cumplieron con los protocolos establecidos; e identificar posibles deficiencias en la coordinación interagencial y los mecanismos de respuesta a emergencias.

La protección de la vida humana y la atención oportuna a emergencias constituyen deberes apremiantes y responsabilidades fundamentales del Estado. En Puerto Rico, el sistema de respuesta a emergencias depende de una coordinación rigurosa, eficiente e integrada entre el Negociado del Sistema de Emergencias 9-1-1, el Negociado del Cuerpo de Bomberos, los servicios de emergencias médicas (tanto estatales, municipales como privados) y el Departamento de Seguridad Pública (DSP). Cuando se presentan fallas o dilaciones en estos engranajes institucionales, las consecuencias resultan irreparables y fatales para la ciudadanía en situaciones de extrema vulnerabilidad.

Surge de la Exposición de Motivos de la medida que el 8 de noviembre de 2025, aconteció una trágica explosión e incendio en una residencia multifamiliar ubicada en el 1627 del Paseo Dorado, en la Primera Sección de Levittown, Municipio de Toa Baja. Dicho suceso culminó con el fallecimiento de la ciudadana Enid Nicole Montalvo Martínez a causa de quemaduras de gravedad extrema que abarcaron el 98% de su cuerpo. La comunidad y diversos sectores ciudadanos han expresado profunda preocupación por señalamientos de demoras sustanciales que habrían sobrepasado los 45 minutos en la llegada efectiva de las unidades de auxilio.

Siendo el tiempo de respuesta un factor clínico y operacional determinante para la supervivencia en cuadros de quemaduras severas, resulta imperativo que este Cuerpo ejerza su prerrogativa constitucional de fiscalización e investigación para esclarecer minuciosamente la cronología del despacho, la disponibilidad real de equipos y la efectividad de los protocolos interagenciales. Todo ello, con la finalidad de emitir recomendaciones legislativas y administrativas concretas dirigidas a optimizar los protocolos de seguridad pública y respuesta de emergencia en el Municipio de Toa Baja y a nivel isla.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 711, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN

Presidente

Comisión de Asuntos Internos

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