GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 4ta. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 823
28 DE SEPTIEMBRE DE 2026
Presentada por la representante Martínez Vázquez
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el uso del programa de Covid-Renta y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Durante la Pandemia del Covid 19 el gobierno de los Estados Unidos de América creó varias iniciativas de asistencia económica para auxiliar a sus ciudadanos entre estos programas estuvo Covid Renta. Específicamente este programa buscaba auxiliar a personas que tenían deudas de renta causados por la crisis económica que resultó de la Pandemia. Este programa cubría alquiler vencido, cargos por atraso de renta, en algunos casos meses de renta futura y facturas de agua y energía eléctrica. Para cualificar debías ser residente de Puerto Rico, vivir en una propiedad alquilada, tener ingresos que no excedan el 80% del ingreso medio del área y demostrar reducción de ingresos, aumento de gastos u otras dificultades financieras relacionadas con la Pandemia. Sin embargo recientes investigaciones han revelado un mal uso de dicho programa por lo que se hace necesario realizar una investigación exhaustiva para atender posibles casos de fraude, la devolución de dinero público y crear legislación que pueda evitar problemas futuros con programas similares que pudieran ayudar a nuestra ciudadanía en crisis económicas que afecten los ingresos para poder realizar este tipo de pagos y evitar que nuestros Ciudadanos sean desahuciados por falta de pago o incluso el mal uso de fondos públicos.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación Exhaustiva sobre el programa Covid Renta, su alcance en la población, con detalle de todos los recipiendarios, a quienes se les ha requerido la devolución del dinero otorgado, cuantos casos de fraude han sido detectados así como cuantos casos han sido referidos a las autoridades pertinentes; y para otros fines relacionados
Sección 2.- La investigación debe abarcar entre otros asuntos pero sin limitarse:
Sección 3.-La Comisión podrá celebrar vistas públicas, vistas ejecutivas, inspecciones oculares, solicitar documentos, citar funcionarios y cualquier persona que entiendan que pueden aportar a esta investigación.
Sección 4.-La Comisión rendirá un informe a la Cámara de Representantes de Puerto Rico, con sus hallazgos y recomendaciones incluyendo cualquier propuesta legislativa o administrativa, así como hacer cualquier referido a las autoridades pertinentes en caso de determinar que se ha cometido delito.
Sección 5.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después su aprobación.
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