RCC0413.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. de la C. 413

6 DE OCTUBRE DE 2026

Presentada por la representante González Aguayo

Referida a la Comisión de Transportación e Infraestructura

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para designar con el nombre de “Carlos A. López Rivera” la totalidad de la Carretera PR-696, en jurisdicción del Municipio de Dorado, en reconocimiento a su extensa trayectoria en el servicio público como Alcalde del Municipio de Dorado; establecer sobre su rotulación; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Carlos A. López Rivera ocupó la Alcaldía del Municipio de Dorado durante aproximadamente treinta y ocho (38) años, desde 1987 hasta 2025. Durante ese período fue electo consecutivamente en once procesos electorales, convirtiéndose en una de las figuras de mayor permanencia en la administración municipal de Puerto Rico.

Durante su gestión, Dorado atravesó importantes procesos de desarrollo económico, urbano y turístico. Su administración promovió iniciativas dirigidas a atraer inversión, fortalecer la actividad comercial y ampliar la oferta turística del municipio, al tiempo que impulsó proyectos residenciales, hoteleros y de infraestructura que contribuyeron a transformar el perfil económico de Dorado y a posicionarlo como uno de los municipios de mayor actividad turística en la zona norte de Puerto Rico.

Como parte de su planificación administrativa, se desarrolló el plan Dorado 2025, mediante el cual se establecieron metas dirigidas al crecimiento, modernización y desarrollo ordenado del municipio. Posteriormente, se propuso el plan Dorado 2035 como continuación de esa visión de planificación a largo plazo, con nuevas prioridades dirigidas a atender las necesidades futuras del municipio y de sus comunidades.

Su administración también impulsó proyectos relacionados con infraestructura vial, espacios públicos, instalaciones municipales, mejoras comunitarias y áreas deportivas. Estas iniciativas estuvieron acompañadas por procesos de coordinación con agencias del Gobierno de Puerto Rico y otras entidades para atender asuntos relacionados con carreteras, servicios esenciales, desarrollo urbano y facilidades para el uso de las comunidades.

De igual forma, durante su incumbencia se promovieron iniciativas dirigidas a mejorar los servicios municipales y ampliar las facilidades disponibles. Su administración mantuvo una presencia activa en distintas comunidades mediante proyectos recreativos, deportivos, culturales y de desarrollo comunitario.

El deporte también formó parte de su trayectoria personal y pública. Antes de ocupar la alcaldía, López Rivera estuvo vinculado al béisbol y fue conocido como “El Cuarto Bate”, apelativo que lo acompañó durante gran parte de su vida pública. Esa vinculación con el deporte también se reflejó durante su administración mediante el desarrollo, rehabilitación y mantenimiento de distintas instalaciones deportivas y recreativas en Dorado.

Además de sus funciones como Alcalde, López Rivera presidió la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico entre 1995 y 1997, participando en asuntos relacionados con la administración municipal y la representación de los gobiernos municipales ante distintas instancias gubernamentales. Desde esa posición formó parte de discusiones sobre asuntos de interés para los municipios y sobre la relación de estos con el Gobierno de Puerto Rico.

La duración de su incumbencia permitió que su administración participara en distintas etapas del crecimiento de Dorado y en numerosos proyectos relacionados con la transformación física y económica del municipio. Su figura quedó estrechamente vinculada a la administración municipal doradeña durante casi cuatro décadas y a muchas de las iniciativas desarrolladas durante ese período.

Carlos A. López Rivera permaneció en funciones hasta su fallecimiento el 17 de octubre de 2025, mientras ejercía su undécimo término como Alcalde de Dorado. Su prolongada trayectoria en el servicio público municipal, su participación en la transformación administrativa del municipio y los proyectos desarrollados durante sus distintos términos forman parte de la historia contemporánea de Dorado.

La Carretera PR-696 constituye una de las vías de tránsito principales dentro del Municipio de Dorado, al servir de conexión entre distintas comunidades, sectores residenciales, áreas comerciales y otras carreteras principales del municipio. Su ubicación y función dentro de la red vial doradeña la convierten en una ruta utilizada diariamente por residentes y visitantes para acceder a diferentes puntos de Dorado.

Por todo lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende procedente reconocer su trayectoria mediante la designación con el nombre de “Carlos A. López Rivera” de la totalidad de la Carretera PR-696, en jurisdicción del Municipio de Dorado.

RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.-Se designa con el nombre de “Carlos A. López Rivera” la totalidad de la Carretera PR-696, en jurisdicción del Municipio de Dorado, en reconocimiento a su trayectoria en el servicio público y a sus aproximadamente treinta y ocho (38) años como Alcalde del Municipio de Dorado.

Sección 2.-El Departamento de Transportación y Obras Públicas, en coordinación con el Municipio de Dorado, instalará la debida señalización vial correspondiente a la designación establecida en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta. La instalación de esta rotulación estará sujeta a las regulaciones locales y federales aplicables y contará con la orientación técnica del Departamento de Transportación y Obras Públicas.

Sección 3.-A fin de lograr la rotulación aquí dispuesta, se autoriza al Departamento de Transportación y Obras Públicas, en conjunto con la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico y el Municipio de Dorado, a peticionar, aceptar, recibir, redactar y someter propuestas para aportaciones y donativos de recursos provenientes de fuentes públicas y privadas; parear cualesquiera fondos disponibles con aportaciones del sector privado o gubernamentales, ya sean municipales, estatales o federales; así como establecer acuerdos colaborativos con cualquier ente público o privado dispuesto a participar en el financiamiento de esta rotulación.

Sección 4.-El Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico realizarán la rotulación correspondiente, conforme a lo establecido en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta, dentro de un período de noventa (90) días luego de su aprobación.

Sección 5.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.