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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 801

14 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Presentada por la representante Burgos Muñiz

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Gobierno realizar una investigación exhaustiva en torno al contrato entre el Gobierno de Puerto Rico y el certamen de Miss Universo, sus cláusulas y condiciones, el proceso de desembolso de fondos públicos. Así como toda evidencia requerida u obtenida por parte del Departamento de Finanzas de la Compañía de Turismo en torno a la inversión por parte de la compañía de Miss Universo internacional y el desembolso por parte del Gobierno de Puerto Rico, así como todo lo relacionado con esta contratación y el certamen ha concretarse en Puerto Rico en noviembre del año en curso; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Recientemente, se ha originado una controversia en torno al pago, por parte del Gobierno de Puerto Rico a Miss Universo Internacional, tras las expresiones del empresario y accionista tailandés Nawat Itsaragrisil en torno al acuerdo y manejo de los fondos y recursos que se vinculan a la celebración del evento de Miss Universo en Puerto Rico en noviembre del año en curso en el Coliseo de Puerto Rico. Las expresiones del empresario y accionista colocan en entredicho el paradero del dinero, su manejo y las trasferencias entre el Gobierno de Puerto Rico y los ejecutivos de Miss Universo, al alegar qué Raúl Rocha Cantú, desvió fondos a sus cuentas personales.

Sin embargo, según medios noticiosos locales, la directora ejecutiva de la Compañía de Turismo, Williantte Robles Cancel aseguró que los desembolsos que ya se han efectuado han sido procesados luego de la verificación de las condiciones contractuales y la debida prueba documental. Según la directora Robles Cancel, el Departamento de Finanzas de la Compañía de Turismo está siendo invertido para lo estipulado por las partes y hay evidencia de dicho proceso.

Pese a estas declaraciones, este asunto se ha convertido en uno de alto interés público. Por tal razón, es de suma importancia que el pueblo conozca el aspecto procesal que el dinero esta pagado conforme al contrato, y que la inversión del Gobierno de Puerto Rico con fondos públicos ha sido una inversión positiva y eficaz. Además, es de suma importancia la rendición de cuentas para mitigar cualquier ápice de malversación de fondos públicos, fraude u cualquier otro delito.

Por tal razón, esta Cámara de Representantes en su deber constitucional de investigar, debe auscultar cómo la Compañía de Turismo ha pactado este contrato, sus cláusulas y condiciones, así como rendir cuentas en torno al proceso de desembolso de $8.7 millones de dólares a la organización del certamen internacional, así como otras interrogantes que surjan por parte de los representantes.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Gobierno realizar una investigación exhaustiva en torno al contrato entre el Gobierno de Puerto Rico y el certamen de Miss Universo, sus clausulas y condiciones, el proceso de desembolso. Así como toda evidencia requerida u obtenida por parte del Departamento de Finanzas de la Compañía de Turismo en torno a la inversión por parte de la compañía de Miss Universo internacional y el desembolso por parte del Gobierno de Puerto Rico, así como todo lo relacionado con esta contratación y el certamen ha concretarse en Puerto Rico en noviembre del año en curso.

Sección 2.-La Comisión, conforme dispone el Reglamento de la Cámara de Representantes, podrá citar a cualquier persona natural o jurídica, o entidad gubernamental, organizaciones con o sin fines de lucro, que haya tenido o tenga cualquier clase de relación o conexión en los asuntos especificados en la Sección 1 de esta Resolución.

Sección 3.- La Comisión, además, podrá realizar todos los estudios, investigaciones, reuniones, citaciones, vistas oculares, solicitudes de producción de documentos, solicitudes de información, requerimientos, e informes que entienda necesarios y podrá investigar cualquier asunto que entienda pertinente para cumplir con lo dispuesto en esta Resolución.

Sección 4.-La Comisión rendirá a un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, dentro del término de noventa (90) días, contados a partir de la aprobación de esta Resolución.

Sección 5.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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