GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 4ta. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 803
16 DE SEPTIEMBRE DE 2026
Presentada por la representante Gutiérrez Colón,
el representante Márquez Lebrón y la representante Lebrón Robles
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre los incendios ocurridos durante los meses de agosto y septiembre de 2026 en el Jardín Botánico de la Universidad de Puerto Rico, en Río Piedras; sus causas; la respuesta de las entidades concernidas; los efectos sobre las comunidades y los recursos naturales; los protocolos de prevención, seguridad y comunicación; la suficiencia del personal y los recursos asignados; y los planes de restauración y prevención; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Jardín Botánico de la Universidad de Puerto Rico, ubicado en Río Piedras, constituye uno de los espacios naturales, científicos y educativos más importantes de la zona metropolitana. Sus aproximadamente 289 cuerdas albergan más de 30,000 plantas, especies nativas y en peligro de extinción, viveros, cuerpos de agua, jardines temáticos y un herbario con más de 36,000 ejemplares. El Jardín Botánico Norte y el Jardín Botánico Sur forman parte del Corredor Ecológico de San Juan, creado mediante la Ley 206-2003, según enmendada.
Durante los meses de agosto y septiembre de 2026 se registraron varios incendios en estos terrenos. Según la información divulgada, al menos dos incendios forestales afectaron más de cuarenta cuerdas. Uno fue reportado el 21 de agosto y requirió más de ocho horas de labores para ser extinguido, mientras que otro ocurrió el 4 de septiembre.
El comisionado del Negociado del Cuerpo de Bomberos informó que fueron identificados los lugares donde se originaron los incendios y sostuvo que la principal hipótesis apunta a que pudieron haber sido provocados. Sin embargo, reconoció que no se encontraron acelerantes, artefactos ni evidencia física que permita establecerlo de forma concluyente. También trascendió que algunas áreas podrían ser accedidas saltando la verja y que se recomendó aumentar las rondas del personal de seguridad.
Residentes de Villa Nevárez, Hyde Park, Jardines Metropolitanos, Santa Ana, University Gardens y otros sectores de Río Piedras han denunciado olores persistentes a humo, particularmente durante la noche y la madrugada. También han informado irritación de garganta, dolor de cabeza, mareos, vómitos, molestias respiratorias y dificultad para dormir. Las comunidades han cuestionado la coordinación entre las entidades responsables y la ausencia de información oficial uniforme y oportuna.
Ante estas denuncias, las legisladoras municipales del Movimiento Victoria Ciudadana en San Juan, doctora Norma Devarie Díaz y Daisy Sánchez Collazo, presentaron el 27 de agosto de 2026 una petición formal ante la Legislatura Municipal de San Juan. Solicitaron investigar las causas, la frecuencia y la localización de los incendios o eventos de quema denunciados por las comunidades, así como la posibilidad de quemas ilegales o negligencia en la respuesta gubernamental.
Las legisladoras municipales también reclamaron un informe sobre el incendio del 21 de agosto, un plan de desalojo comunitario, protocolos de alerta temprana, guías de protección respiratoria, sensores para medir la calidad del aire y una reunión pública con las agencias de respuesta y la administración del Jardín Botánico. Estas gestiones evidencian que la controversia no se limita al daño sufrido por los terrenos, sino que comprende la salud, la seguridad y la calidad de vida de las comunidades cercanas.
También se ha señalado públicamente que la reducción en la cantidad de empleados del Jardín Botánico ha limitado las rondas preventivas y otras labores de vigilancia, mantenimiento y conservación. Las políticas de austeridad y el debilitamiento de las instituciones públicas tienen consecuencias concretas sobre la capacidad del Estado para proteger sus recursos naturales y atender las necesidades de las comunidades. No puede permitirse que la falta de personal y recursos traslade a estas comunidades el costo ambiental y humano de una respuesta gubernamental insuficiente.
La pérdida de vegetación en más de cuarenta cuerdas podría tener consecuencias sobre la flora, la fauna, los suelos, los cuerpos de agua y la recuperación natural del área. Sin embargo, no se ha divulgado una evaluación completa de los daños ecológicos ni un plan público de restauración. Tampoco se conoce si los incendios afectaron especies nativas o en peligro de extinción, viveros, áreas de investigación, colecciones botánicas u otros recursos científicos y educativos.
La justicia ambiental exige que las comunidades reciban información clara y oportuna, participen en las decisiones que afectan su salud y no sean abandonadas frente a riesgos previsibles. No basta con extinguir las llamas. Es necesario investigar lo ocurrido, reparar los daños, prevenir nuevos incendios y garantizar que las instituciones responsables rindan cuentas.
Por todo lo anterior, esta Cámara de Representantes considera necesario investigar las causas y circunstancias de los incendios ocurridos en el Jardín Botánico; la respuesta y coordinación de las entidades concernidas; los protocolos de prevención, seguridad y comunicación; los efectos sobre las comunidades y los recursos naturales; la suficiencia del personal y los recursos asignados; y las medidas de restauración y prevención que deben adoptarse para proteger este patrimonio público.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1. – Se ordena a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre los incendios ocurridos durante los meses de agosto y septiembre de 2026 en el Jardín Botánico de la Universidad de Puerto Rico, en Río Piedras; sus causas; la respuesta de las entidades concernidas; los efectos sobre las comunidades y los recursos naturales; los protocolos de prevención, seguridad y comunicación; la suficiencia del personal y los recursos asignados; y los planes de restauración y prevención; y para otros fines relacionados.
Sección 2. – La investigación ordenada por esta Resolución incluirá, sin que se entienda como una limitación, los siguientes asuntos:
Sección 3. – La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término no mayor de ciento veinte (120) días, a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 4. – Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.