GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 4ta. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 808
21 DE SEPTIEMBRE DE 2026
Presentada por la representante Martínez Vázquez
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Agricultura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el uso de asperjadores y el uso de herbicida o cualquier otro tipo de químico en el Sistema de Canales de Riego en los Municipios de Sabana Grande, Yauco y Lajas por parte de la Autoridad de Energía Eléctrica por sí mismos o mediante terceros contratados para ofrecer esos servicios, evaluar su impacto en la conservación del recurso agua, las operaciones agrícolas y la infraestructura pública; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los Canales de riego constituyen una infraestructura vital para el desarrollo agrícola de la Región Sur Oeste de Puerto Rico, específicamente en los Pueblos de Sabana Grande, Yauco y Lajas. Estos Canales resultan esenciales para garantizar disponibilidad de agua para promover la productividad agrícola en la Región.
En el caso del Municipio de Sabana Grande se han levantado serias preocupaciones debido a un video que subió a las redes un cibernauta en el que se le reclama a una persona que alegadamente estaba regando con algún tipo de Químico y este muy a pesar de las advertencias ciudadanas continuo incluso regando el químico hacia los Canales de Riego.
El 24 de julio de 2019 el Municipio de Sabana Grande y su Legislatura Municipal aprobaron una Ordenanza con numero 4 Serie 2019-2020 en la que se describe las consecuencias a la Salud que conlleva el uso indiscriminado de productos Químicos específicamente el Glifosato.
Más aun la Legislatura Municipal prohibió “el uso de glifosato en el desyerbo de carreteras, orillas de quebradas, canales de riego y ríos y cualquier terreno o suelo público en los límites territoriales de Sabana Grande”. Específicamente se notificó a la Oficina de Obras Públicas Municipal de Sabana Grande, a la Policía Municipal, Policía Estatal a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y publicada en uno o más periódicos de circulación general.
La población del Distrito 21 está muy preocupada con el uso de Químicos en los Canales de Riego que pueda afectar la producción agrícola.
Por tal razón tiene la responsabilidad de velar por el uso adecuado de los recursos naturales y por eso urge realizar una investigación que permita encausar a los responsables si alguno de cualquier violación de carácter ambiental en los Canales de Riego en Sabana Grande, referir a las autoridades competentes y para formular las recomendaciones para atender cualquier situación que pueda afectar el interés público.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Agricultura, Recursos Naturales y Asuntos Ambientales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación Exhaustiva sobre de asperjadores y el uso de herbicida o cualquier otro tipo de químico en el Sistema de Canales de Riego en los Municipios de Sabana Grande, Yauco y Lajas por parte de la Autoridad de Energía Eléctrica por sí mismos o mediante terceros contratados para ofrecer esos servicios, evaluar su impacto en la conservación del recurso agua, las operaciones agrícolas y la infraestructura pública; y para otros fines relacionados
Sección 2.-La investigación debe abarcar entre otros asuntos:
a. La contratación de personas y equipo para la asperjación en el área de los Canales de Riego y sus alrededores, así como que tipo de químico utilizan.
b. el impacto en los recursos naturales tanto en los Canales de Riego y aéreas adyacentes.
c. La posible contaminación del terreno, así como las aguas que discurren los canales.
Sección 3.-La Comisión podrá celebrar vistas públicas, vistas ejecutivas, inspecciones oculares, solicitar documentos, citar funcionarios y cualquier persona que entiendan que pueden aportar a esta investigación,
Sección 4.-La Comisión rendirá un informe a la Cámara de Representantes de Puerto Rico, con sus hallazgos y recomendaciones incluyendo cualquier propuesta legislativa o administrativa, así como hacer cualquier referido a las autoridades pertinentes en caso de determinar que se ha cometido delito.
Sección 5.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después su aprobación.
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