GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 4ta. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 815
24 DE SEPTIEMBRE DE 2026
Presentada por la representante González González
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para enmendar la Sección 4 de la R. de la C. 442, aprobada el 20 de octubre de 2025, a los fines de extender hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa, el término otorgado a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir su informe con respecto a la medida.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Resolución de la Cámara 442, aprobada el 20 de octubre de 2025, encomendó a la Comisión de la Región Oeste investigar la viabilidad de establecer una unidad o centro especializado en salud mental pediátrica para menores de diecisiete (17) años en la Región Oeste de Puerto Rico. La investigación comprende la magnitud de la necesidad de estos servicios, las gestiones realizadas por las agencias que atienden a menores, la identificación de instalaciones hospitalarias públicas o privadas, los recursos humanos necesarios y las posibles fuentes de financiamiento. También dispone consultar a profesionales de la salud, organizaciones comunitarias y otras entidades pertinentes para formular recomendaciones legislativas y administrativas.
Desde la aprobación de la Resolución, la Comisión ha realizado múltiples gestiones dirigidas a cumplir dicho mandato. Sin embargo, la información recopilada hasta el momento refleja la necesidad de continuar el proceso investigativo para contar con un expediente completo que permita evaluar adecuadamente los asuntos bajo consideración y formular recomendaciones fundamentadas.
La naturaleza de la investigación, la cantidad de información que debe analizarse y la importancia de emitir un informe que refleje un examen responsable y exhaustivo de los hechos justifican la concesión de un término adicional para culminar los trabajos encomendados. Extender el término originalmente dispuesto permitirá a la Comisión continuar con las gestiones investigativas pendientes sin limitar el alcance ni la calidad del análisis requerido.
En atención a lo anterior, y reconociendo que las comisiones legislativas mantienen sus funciones durante todo el término de la Asamblea Legislativa, esta Cámara de Representantes entiende necesario enmendar la Sección 4 de la Resolución de la Cámara 442 para extender el término concedido hasta la culminación de la Vigésima Asamblea Legislativa. De esta manera, la Comisión de la Región Oeste contará con el tiempo necesario para concluir la investigación, evaluar integralmente la evidencia recopilada y rendir un informe que sirva de base para la consideración de las medidas legislativas o administrativas que resulten pertinentes.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se enmienda la Sección 4 de la R. de la C. 442 aprobada el 20 de octubre de 2025, para que lea como sigue:
"Sección 4. La Comisión [rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, no más tarde de ciento ochenta (180) días siguientes a la aprobación de esta Resolución] de la Región Oeste someterá a la Cámara de Representantes un informe en el cual incluya sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.”
Sección 2.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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