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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 816

24 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Presentada por la representante González González

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para enmendar la Sección 3 de la R. de la C. 219, aprobada el 14 de enero de 2026, a los fines de extender hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa, el término otorgado a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir su informe con respecto a la medida.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Resolución de la Cámara 219, aprobada el 14 de enero de 2026, encomendó a la Comisión de la Región Oeste investigar el proceso seguido por el Secretario del Departamento de Educación en la otorgación de vales educativos en los municipios de Cabo Rojo, San Germán y Hormigueros, así como los criterios y requisitos aplicables a su asignación. Entre los asuntos objeto de evaluación se encuentran la cantidad de vales otorgados durante los últimos cinco años, los fondos asignados y utilizados, los criterios de elegibilidad vigentes y la efectividad del programa. La investigación también contempla formular recomendaciones para mejorar el programa, incluidos posibles cambios a los requisitos de elegibilidad.

Desde la aprobación de la Resolución, la Comisión ha realizado múltiples gestiones dirigidas a cumplir dicho mandato. Sin embargo, la información recopilada hasta el momento refleja la necesidad de continuar el proceso investigativo para contar con un expediente completo que permita evaluar adecuadamente los asuntos bajo consideración y formular recomendaciones fundamentadas.

La naturaleza de la investigación, la cantidad de información que debe analizarse y la importancia de emitir un informe que refleje un examen responsable y exhaustivo de los hechos justifican la concesión de un término adicional para culminar los trabajos encomendados. Extender el término originalmente dispuesto permitirá a la Comisión continuar con las gestiones investigativas pendientes sin limitar el alcance ni la calidad del análisis requerido.

En atención a lo anterior, y reconociendo que las comisiones legislativas mantienen sus funciones durante todo el término de la Asamblea Legislativa, esta Cámara de Representantes entiende necesario enmendar la Sección 3 de la Resolución de la Cámara 219 para extender el término concedido hasta la culminación de la Vigésima Asamblea Legislativa. De esta manera, la Comisión de la Región Oeste contará con el tiempo necesario para concluir la investigación, evaluar integralmente la evidencia recopilada y rendir un informe que sirva de base para la consideración de las medidas legislativas o administrativas que resulten pertinentes.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.-Se enmienda la Sección 3 de la R. de la C. 219 aprobada el 14 de enero de 2026, para que lea como sigue:

“Sección 3.- La [comisión dispondrá de ciento veinte (120) días, luego de aprobada esta Resolución, para presentar un informe que contenga sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones] Comisión de la Región Oeste someterá a la Cámara de Representantes un informe en el cual incluya sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, antes de que finalice la Vigésima Asamblea Legislativa.”

Sección 2.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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