rs0081-25.doc Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗
GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma.	Asamblea	1ra.	Sesión
	Legislativa		Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 81
10 de marzo de 2025
Presentada por el señor Matías Rosario
Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, realizar investigaciones continuas sobre los aspectos concernientes a la seguridad pública de Puerto Rico, tanto a nivel estatal, como municipal que repercuten sobre el cumplimiento a cabalidad del derecho ciudadano al libre disfrute de la vida y la propiedad; evaluar los planes, programación, obra pública, organización y la prestación de los servicios ordenados a las agencias gubernamentales de seguridad pública y la seguridad civil en casos de emergencia; verificar el cumplimiento de dichas agencias con las leyes y los reglamentos aplicables, así como los funcionarios responsables de ejecutar dichas gestiones inherentes a sus puestos; investigar los aspectos concernientes a los servicios que se brindan y reciben los veteranos y que repercuten en el  disfrute de su derecho a recibir los servicios que le garantice una mejor calidad de vida; cualquier otro asunto que afecte la seguridad pública y los asuntos de los veteranos en Puerto Rico. 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La seguridad pública se define como un servicio que debe brindar el Estado para garantizar la integridad de todos los ciudadanos y sus bienes. Esto implica que los ciudadanos puedan convivir en armonía, cada uno respetando los derechos individuales del otro. No obstante, la seguridad pública también depende, entre otros múltiples factores, de la eficacia de la policía, de las políticas estatales y de las condiciones sociales y del funcionamiento de las demás agencias de seguridad. Es menester resaltar que, este asunto debe ser evaluado de manera integral, de modo que se consideren todos los factores directos e indirectos que inciden positiva o negativamente en la seguridad y el orden público.
A nivel de todo Puerto Rico, la seguridad pública es un asunto que no deja de preocuparnos ya que, constituye un tema de alto interés público que incide de manera directa en el bienestar general y la calidad de vida. La exacerbación en los índices de delitos cometidos se debe a una multiplicidad de factores. La Ley 20-2017, según enmendada, conocida como "Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico", se promulgó con el propósito de crear un sistema de seguridad integrado más efectivo, eficiente, funcional y que trabaje de forma integrada entre sus componentes y con otras agencias del Gobierno de Puerto Rico. 
	En ese sentido, entendemos que es necesario auscultar el funcionamiento de las estrategias trazadas con el fin de enfrentar la criminalidad, por parte de todos los entes responsables del Estado. Por ello, este Senado posee un deber constitucional de auscultar las ejecutorias del Poder Ejecutivo y los municipios. 
Por otro lado, es necesario que el Senado de Puerto Rico investigue los servicios que reciben los veteranos en Puerto Rico en todos sus aspectos que repercuten en una mejor calidad de vida para ellos y sus familiares. El servicio que prestaron los veteranos sobrevivientes de todas las confrontaciones bélicas en beneficio de la nación es razón suficiente para prestar atención a las situaciones que les pudieran afectar.
Por tanto, es menester ordenar a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, realizar investigaciones continuas sobre los aspectos concernientes a la seguridad pública de Puerto Rico, tanto a nivel estatal, como municipal; auscultar la adecuada asignación de fondos y recursos que repercuten sobre el cumplimiento a cabalidad del derecho ciudadano al libre disfrute de la vida y la propiedad; evaluar los resultados obtenidos mediante los planes de acción establecidos por el Departamento de Seguridad Pública y su sombrilla; verificar el cumplimiento de dichas agencias con las leyes y los reglamentos aplicables; así como los funcionarios responsables de ejecutar dichas gestiones dentro de la agencia, departamento, instrumentalidad y municipios y el alcance de las facultades inherentes a sus puestos. Además, investigar los servicios que se prestan y reciben los veteranos que repercuten en el disfrute de su vida y la de sus familiares.
RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, realizar investigaciones continuas sobre los aspectos concernientes a la seguridad pública de Puerto Rico, tanto a nivel estatal, como municipal que repercuten sobre el cumplimiento a cabalidad del derecho ciudadano al libre disfrute de la vida y la propiedad; evaluar los planes, programación, obra pública, organización y la prestación de los servicios ordenados a las agencias gubernamentales de seguridad pública y la seguridad civil en casos de emergencia; verificar el cumplimiento de dichas agencias con las leyes y los reglamentos aplicables, así como los funcionarios responsables de ejecutar dichas gestiones inherentes a sus puestos; investigar los aspectos concernientes a los servicios que se brindan y reciben los veteranos y que repercuten en el disfrute de su derecho a recibir los servicios que le aseguren una mejor calidad de vida; cualquier otro asunto que afecte la seguridad pública y los asuntos de los veteranos en Puerto Rico.
Sección 2.- La Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico tendrá, además, los siguientes deberes y funciones:
a.	Evaluar la organización y los recursos (públicos y privados) con los que cuenta el Gobierno de Puerto Rico para atender la seguridad pública de Puerto Rico, tanto a nivel estatal, como municipal, incluyendo, pero sin limitarse a las dependencias dedicadas a mantener el orden público; la mitigación y manejo de emergencias y administración de desastres; administración adecuada del sistema correccional, la seguridad y acceso a servicios de salud adecuados del confinado, así como su derecho a una rehabilitación efectiva; servicios adecuados a los veteranos, entre otros. 
b.	Evaluar los planes de trabajo y de emergencia de cada una de las agencias, departamentos, instrumentalidades y municipios del Gobierno de Puerto Rico para atender la seguridad pública; la mitigación y manejo de emergencias y administración de desastres, tanto a nivel estatal, como municipal; así como la administración adecuada del sistema correccional y servicio a los veteranos. 
c.	Evaluar las normas y procedimientos administrativos existentes para la coordinación interagencial de respuesta rápida y eficiente para poder garantizar la seguridad pública, integridad de los bienes, vida, y continuidad de los servicios gubernamentales a confinados y veteranos, adecuados para nuestra sociedad. 
d.	Preparar y evaluar toda la legislación que sea necesaria para crear, modificar o suprimir la política pública del Gobierno de Puerto Rico ante alguna crisis de seguridad pública o manejo de alguna emergencia que pueda presentarse, de manera que se garantice estar mejor preparados para responder en el futuro. 
Sección 3.- La Comisión rendirá al Senado de Puerto Rico Informe(s) Parcial(es) con sus hallazgos y recomendaciones, y rendirá un Informe Final que contenga los hallazgos, conclusiones, y recomendaciones, que estime pertinentes, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación a los asuntos objeto de las investigaciones ordenadas, dentro del término de la Vigésima (20ma.) Asamblea Legislativa.	
Sección 4.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.