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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea	 1ra Sesión 
        Legislativa                                                                                                          Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R. C. del S. 38

INFORME POSITIVO

9 de junio de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación de la R. C. del S. 38, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La R. C. del S. 38 tiene como propósito "…denominar el puente que ubica en la Carretera Estatal PR-856, entre los kilómetros 0.2 al 0.5, en el barrio Barraza del Municipio de Carolina, comúnmente conocido como "La Cuesta de los Flacos", con el nombre de "Don Jaime Fernández Morales (QEPD)", a propósito de honrar la vida y legado de este destacado servidor público del Departamento de Obras Públicas del antes mencionado Municipio de Carolina; y para otros fines relacionados".

De entrada, es menester señalar la importancia que reviste la Resolución Conjunta de autos. Estimamos que la Exposición de Motivos de la medida, explica por sí misma lo imperativo de aprobarse, al señalarnos que

[d]on Jaime Fernández Morales fue el quinto hijo de Isabel Morales y Susano Fernández y nació en Carolina, Puerto Rico, el 13 de septiembre del 1928. Criado en el barrio Barrazas donde creció y vivió hasta el día de su muerte el 8 de julio del 2015. Fue muy amado por su esposa Francisca Torres, sus hijos, nietos y bisnietos.

Trabajó por más de 30 años en el Municipio de Carolina, destacándose en el Departamento de Obras Públicas hasta su retiro en el 1993. También, fue porteador de carros públicos. 
Desde joven, Don Jaime sintió la inclinación por ayudar a su comunidad lo cual lo llevó a ser un respetado líder comunitario. Compartiendo mano a mano con varios líderes políticos aportando ideas y conocimientos. Su pasión por los ideales y activismo político lo pasó a sus generaciones, quienes sienten el mismo amor y dedicación que tanto trabajó para dejarse sentir. 

En el año 1965, Don Jaime se dedicó a la recopilación para ayudar a la inscripción del Partido Nuevo Progresista fundado por Luis A. Ferrer en el 1967. Hizo campaña activa y convocando todas las reuniones para Heriberto Nieves, posicionándose como asambleísta municipal del pueblo de Carolina. Fue presidente del barrio Barrazas del 1966 al 1980, ofreciendo siempre su hogar como centro de reuniones. Participó en las campañas y reuniones, para lograr que Roberto Iglesias fuera alcalde de Carolina para el año 1977.

Estuvo pendiente a todos en la comunidad, enlazando la comunicación con gente del senado y representantes, para ayudar a los residentes a una mejor calidad de vida tanto en vivienda, transportación, empleos y mejoras de carreteras.  Era dinámico, tenía poder de convocatoria, siempre preocupado por ayudar a los residentes más allá de ver colores y estatus social. Abogó por la asistencia del Gobierno Central para atender las necesidades de los habitantes de Carolina.  

…

Así las cosas, esta Resolución Conjunta propone denominar el puente que ubica en la Carretera Estatal PR-856, entre los kilómetros 0.2 al 0.5, en el barrio Barraza del Municipio de Carolina, comúnmente conocido como "La Cuesta de los Flacos", con el nombre de "Don Jaime Fernández Morales (QEPD)", a propósito de honrar la vida y legado de este destacado servidor público del Departamento de Obras Públicas del antes mencionado Municipio de Carolina.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para la debida evaluación de la Resolución Conjunta de marras, la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor contó con los comentarios del Departamento de Transportación y Obras Públicas y del Municipio de Carolina. Ambos favorecieron la medida. 

En el caso del Departamento de Transportación y Obras Públicas, estos comunicaron que 

[l]uego de conducir un estudio sobre el tramo propuesto en la Resolución, encontramos que este tramo no tiene nombre previo con el cual conflija o asunto jurisdiccional alguno que se debe tomar en consideración para llevar a cabo el proyecto.
Por lo anterior, favorecemos que se apruebe la referida Resolución Conjunta sin más trámites ulteriores. (…) (Énfasis nuestro)

De otra parte, el Municipio de Carolina señaló que "…el puente que se pretende denominar forma parte de una carretera estatal. La Ley 55-2021, conocida como Ley de los nombres de las estructuras y vías públicas de Puerto Rico, le reconoce facultad a la Asamblea Legislativa de determinar el nombre que llevaran las carreteras, edificios públicos y otras instalaciones construidas por el Gobierno de Puerto Rico y sus agencias e instrumentalidades. Nuestro Municipio no tiene objeción ni reparo a la resolución conjunta en cuestión. (…)". (Énfasis nuestro)

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL  

Del análisis realizado por esta Comisión, a tenor con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", no surge que la medida tenga impacto fiscal sobre las finanzas municipales. 

CONCLUSIÓN

Evaluada la Resolución Conjunta en sus méritos, entendemos que la misma requiere ser aprobada con prontitud. Sin duda, con esta pieza legislativa se reconoce la vida de un distinguido servidor público e importante líder comunitario. 

Para terminar, es preciso indicar que la Sección 1 del Artículo III de la Constitución de Puerto Rico, delega a la Rama Legislativa la potestad de aprobar leyes. Por su parte, la Sección 17 del referido Artículo III, delinea el proceso legislativo a observarse para que una legislación presentada se convierta en ley. Asimismo, la Sección 19 del mismo Artículo, establece los requisitos constitucionales relativos a la aprobación de proyectos de ley, por los Cuerpos Legislativos y el Gobernador de Puerto Rico. 
Expuesto ello, y a base de los preceptos constitucionales antes descritos, es imperativo reconocer que la aprobación de la R. C. del S. 38 es un ejercicio válido de la facultad de esta Asamblea Legislativa, según es aquí fundamentado.

Siendo tarea de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico crear y aprobar política pública, la cual surge como respuesta a los cambios sociales que motivan la actualización del estado de derecho que rige el destino de todos los que aquí residimos, podemos concluir que el propósito que origina la presentación de la medida ante nuestra consideración, es una acción cobijada dentro del amplio poder que tiene esta Rama, la cual fuera conferida por nuestros constituyentes. 

Por todo lo anterior, la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación de la Resolución Conjunta del Senado Núm. 38, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

Respetuosamente sometido,



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Hon. Héctor Joaquín Sánchez Álvarez
Presidente
Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos 
y Asuntos del Consumidor

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