GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 1ra Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 522
INFORME POSITIVO
4 de junio de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico, previo estudio concienzudo y consideración, recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación del Proyecto del Senado 522, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 522, según radicado, tiene el propósito de ordenar a la Oficina de Desarrollo Socioeconómico y Comunitario (ODSEC) a crear un programa titulado “Comunidad Vida Integra, Valores Activos” (Comunidad VIVA), para fomentar los valores; promover y resaltar la importancia de la presencia de la figura paternal en el desarrollo de los menores; y crear talleres y actividades que promuevan la educación de valores a los niños y niñas de las comunidades como medio y herramienta complementaria para reducir la deserción escolar, mejorar la salud mental de los menores, incluyendo a aquellos que viven en familias no convencionales o que sufren de la ausencia de sus padres; crear un sistema de mentores o mentoría; autorizar acuerdos colaborativos con organizaciones sin fines de lucro y otras agencias del ejecutivo para lograr la ejecución de esta ley; y para otros fines relacionados..
La autora del proyecto expone que los valores son aquellos aspectos de nuestra educación que consideramos buenos y honestos para nosotros y los que nos rodean; entre estos, la empatía, el respeto, la solidaridad, la gratitud, la bondad y la responsabilidad. Los valores humanos son aquellos aspectos positivos que, además, abarcan todas aquellas cosas que son buenas para nosotros como seres humanos, que nos mejoran como tales, y que nos permiten convivir con otras personas de un modo justo con el fin de alcanzar un beneficio como sociedad. Sin duda, los valores son el firme fundamento que sostiene a toda sociedad.
Ante el reto de desarrollar seres humanos con alto sentido de justicia e integridad, debemos redirigir esfuerzos en el desarrollo individual del estudiante, promoviendo la integración de la ética, a los fines de que sus actos como persona sean el resultado de un análisis moral que incluya, tanto sus valores personales, como la conciencia que le proveen los valores humanos del impacto que sus acciones y decisiones tiene sobre él como individuo, y sobre la sociedad como colectivo. El objetivo es que este tipo de análisis surja de manera natural en su diario vivir y se convierta en parte de su carácter como persona.
Existen, sin embargo, condiciones exógenas al individuo que actúan como barreras a su desarrollo pleno y saludable. Entre estas, los datos oficiales del Buró del Censo de los Estados Unidos reflejan un dramático aumento de hogares sin la presencia de padres. En el 1960, sólo el 8% de los menores vivían en hogares uniparentales con mamá. Ya para el 2012 el número se había triplicado a 24.4%. Al presente, los estimados apuntan a un sorprendente 33% (24.7 millones) de incidencia de hogares uniparentales, con 39% (17.7 millones) de los estudiantes de primero a duodécimo grado viviendo en hogares sin su padre biológico. Por esta razón, el 72.2% de los estadounidenses consideran la falta de padres el problema familiar y social más significativo en los Estados Unidos.
Los datos también reflejan que los menores que nacen en un hogar con padre ausente tienen el doble de riesgo de mortalidad infantil, el doble de riesgo de abandonar la escuela y, en el caso de niños varones, el triple de probabilidad de ir a la cárcel que los niños que nacen en hogares con padre presente. Más alarmante aún es que 6 de cada 10 jóvenes (60%) que optaron por el suicidio, provienen de un hogar sin padre. Del mismo modo, 9 de cada 10 jóvenes (90%) sin hogar o que han huido de su hogar, y 7 de cada 10 jóvenes (70%) desertores escolares, no tienen un padre presente en el hogar.
Por el contrario, los datos reflejan que los menores que viven en un hogar con un padre presente y/o con una relación positiva con el padre son menos propensos a presentar signos de depresión, tienen el doble de probabilidad de cursar estudios universitarios y obtener trabajos estables y tienen un 80% menos de probabilidad de ser encarcelados, en comparación con aquellos que sufren de la ausencia de padres.
Finalmente, esta medida busca que el Gobierno de Puerto Rico establezca como una prioridad gubernamental el desarrollar programas e iniciativas que sirvan de herramientas complementarias para paliar el impacto de la ausencia parental, con el propósito de atajar la deserción escolar, mejorar la salud mental y emocional de los menores en nuestras comunidades y promover interacción social saludable que propenda al desarrollo pleno de jóvenes puertorriqueños.
INTRODUCCIÓN
La Comisión de Vivienda y Bienestar Social estudió el texto de la Ley Núm. 10-2017, según enmendada, mejor conocida como Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico”. En segunda instancia, se evaluó la viabilidad en términos presupuestarios y fiscales.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Para una evaluación integral de esta medida, la Comisión de Vivienda y Bienestar, en aras de analizar y estudiar el Proyecto del Senado 522 solicitó memoriales explicativos para sustentar una evaluación laboriosa del proyecto al Departamento de la Familia, el Departamento de Educación, y la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico.[1] Como resultado, se recibieron y se observaron las ponencias y los comentarios del Departamento de la Familia y del Departamento de Educación.
Departamento de la Familia (DF)
El Departamento de la Familia endosó la aprobación del Proyecto del Senado 522 con enmiendas. En su ponencia, el ente administrativo reconoció que es necesario que el Gobierno de Puerto Rico, en su interés apremiante de garantizar una mejor calidad de vida para el pueblo, propicie nuevas alternativas que atiendan responsablemente la raíz de la problemática social que nos afecta. Destacó que resulta imprescindible brindar a nuestros ciudadanos las herramientas necesarias para poder proveerle a estos, los valores sociales esenciales para lograr el desarrollo productivo de cada individuo y fomentar la sana convivencia en comunidad.
Específicamente, el DF expresó que resulta necesario cultivar el respeto mutuo, el amor, la honestidad, la igualdad y la tolerancia hacia el individuo desde su niñez; coma elemento esencial para el desarrollo de una sociedad con patrones de conducta saludables. El respeto a la vida, la responsabilidad, el repudio a la violencia, el respeto a las leyes y la protección del medio ambiente, son valores universales que deben ser fomentados en cada ser humane desde sus primeros años de vida.
El DF concluye su ponencia endosando la aprobación de la medida y solicita que la misma sea enmendadas a los fines de sustituir el término “padres” por los términos “madres, padres, custodios”. Además, recomendó sustituir el término “hogares uniparentales” con el término “familias no convencionales”.
Departamento de Educación (DE)
El Departamento de Educación expone que esta iniciativa tiene claras conexiones con la Ley 85-2018 según enmendada, mejor conocida como “Ley de la Reforma Educativa”, la cual que promueve la educación integral centrada en el estudiante, y con el currículo oficial del Departamento de Educación, que establece como tema transversal la «Equidad y Respeto entre todos los seres humanos». Expresa que la medida según propuesta también reconoce que la educación, socioemocional es una responsabilidad compartida entre agencias gubernamentales y organizaciones civiles. Destacó además que el Proyecto del Senado 522 refuerza el mandato de la Ley 85-2018, supra, de formar estudiantes con una personalidad integrada, comprometidos con el bien común y con competencias socioemocionales esenciales, para su desarrollo. Está enfocado en valores coma la empatía, el respeto, la equidad y la responsabilidad, por lo que complementa perfectamente la enseñanza formal, aportando desde la comunidad herramientas para fortalecer el bienestar emocional y mental de los menores.
El DE enfatizó que será indispensable que el programa Comunidad VIVA, de ser aprobado, articule sus esfuerzos con las escuelas públicas, por estas ser centros neurálgicos de desarrollo social y emocional. Además, señaló que es fundamental asegurar que el discurso sobre la figura paterna se aborde desde la equidad y el respeto a la diversidad familiar, para que evite narrativas que culpabilicen o invisibilicen a otros modelos de crianza. A esos fines recomendó que se establezca en la ley, el requisito de que la ODSEC formalice un acuerdo de colaboraci6n con el DE donde se establezcan los requisitos, deberes y responsabilidades para los mentores en aras de proteger y salvaguardar a los menores que se beneficien del programa. De esta forma se garantiza que el programa estaría en sintonía con las disposiciones de la Ley 85-2018, supra.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico no solicitó comentarios al Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) ni a la Oficina de Gerencial Municipal, toda vez que el Proyecto del Senado 522 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico considera meritorio la aprobación del Proyecto del Senado 522 con las enmiendas en el entirillado electrónico que se acompaña. A juicio de esta Comisión, el propósito que persigue la medida objeto de este informe es uno loable y a fin con la política pública del Gobierno de Puerto Rico de desarrollar programas e iniciativas que sirvan de herramientas complementaria para paliar el impacto de la ausencia parental, con el propósito de atajar la deserción escolar, mejorar la salud mental y emocional de los menores en nuestras comunidades y promover interacción social saludable que propenda al desarrollo pleno de jóvenes puertorriqueños. Se ha incluido la enmienda sugerida por el DF en cuanto al término “familias no convencionales” en aras de armonizar dicho termino con el utilizado por el DF. En cuanto a la enmienda sobre la utilización del término “padre” la misma no fue realizada según solicitada, puesto que así hacerlo, incidiría en el propósito de la medida objeto del presente informe que es atender las dificultades generadas en hogares donde no existe específicamente una figura paternal en la crianza de los menores en Puerto Rico.
De otra parte, se incorporó a la medida objeto de este informe las enmiendas solicitadas por el DE a los fines de establecer el deber de la ODSEC de coordinar con el DE la implantación de este programa en comunidades donde los beneficiarios son estudiantes del sistema público de enseñanza y la obligación conjunta de establecer mediante común acuerdo los requisitos, deberes y responsabilidades de quienes vayan a fungir como mentores como parte del Programa Comunidad VIVA.
Habiendo atendido las enmiendas solicitadas por las agencias comparecientes, esta Comisión entiende que la medida provee una herramienta útil y beneficiosa para nuestra sociedad. Resulta indudable concluir que iniciativas como las que atiende esta medida legislativa impactaran positivamente a nuestra juventud y deben contar con el apoyo de nuestra Administración.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este distinguido Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 522, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Jamie Barlucea Rodríguez
Presidenta
Comisión de Vivienda y Bienestar Social
Cabe destacar que a pesar de los múltiples esfuerzos de esta Comisión, la ODSEC no remitió sus comentarios, por lo que, entendemos que están de acuerdo con esta pieza legislativas. ↑
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.