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GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma.	Asamblea	     1ra.	Sesión
	Legislativa                                                                                               Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R. C. del S. 43

INFORME POSITIVO 

12 de mayo de 2025 

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Vivienda y Bienestar Social, previa consideración, recomienda la aprobación de la Resolución Conjunta del Senado 43, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA 

El autor de la Resolución Conjunta del Senado 43, posee la intención de ordenar al Departamento de la Vivienda a digitalizar todos los expedientes originales ubicados en sus oficinas regionales, particularmente aquellos relacionados con propiedades bajo usufructo, vacantes o en proceso de actualización; así como la digitalización de planos y documentos técnicos, a los fines de preservar la información en caso de desastres naturales, incendios, inundaciones u otras emergencias. un inventario y depuración de solares y fincas vacantes, con usufructo en abandono, sin propiedades enclavadas y con propiedades enclavadas, así como la digitalización para garantizar acceso a empleados gubernamentales y al público en general. Ello, dado que, en Puerto Rico el manejo eficiente y seguro de la información constituye un componente esencial en la administración pública y anualmente nos encontramos alertas ante el paso de fenómenos atmosféricos que ciertamente podrían afectar nuestra zona. 

INTRODUCCIÓN

La Comisión de Vivienda y Bienestar Social evaluó y estudió la Ley Núm. 97 de 10 de junio de 1972, según enmendada, conocida como la "Ley Orgánica del Departamento de la Vivienda" para analizar concienzudamente el alcance y la jurisdicción del Departamento de la Vivienda vis a vis la intención de la presente Resolución Conjunta. 

ANÁLISIS DE LA MEDIDA 

Para una evaluación integral de esta Resolución Conjunta, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social no solicitó memoriales explicativos o comentarios a las agencias administrativas. Para sustentar su viabilidad fue suficiente evaluar su razonabilidad, propósito, pertinencia y jurisdicción del Departamento de la Vivienda.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL 

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico no solicitó comentarios al Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) ni a la Oficina de Gerencial Municipal, toda vez que la Resolución Conjunta del Senado 43 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN 

 La Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico entiende que la solicitud del autor de la presente Resolución Conjunta del Senado 43 es razonable, dado que persigue proteger y digitalizar todos los expedientes originales ubicados en los archivos de las oficinas regionales para facilitar su acceso digital y simultáneamente resguardarlos ante cualquier evento atmosférico que afecte nuestra zona. 

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación de la Resolución Conjunta del Senado 43, con las enmiendas contenidas en el entirrillado electrónico que se acompaña. 

Respetuosamente sometido,



Jamie Barlucea Rodríguez 
Presidenta
Comisión de Vivienda y Bienestar Social

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