ENTIRILLADO ELECTRÓNICO
GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea
Legislativa
1ra. Sesión
Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 605
6 de mayo de 2025
Presentado por el señor Rosa RamosReferido a la Comisión de Gobierno
LEY
Para designar la última semana completa del mes de febrero de cada año como la "Semana de los Future Farmers of America Future Farmers of America (FFA) en Puerto Rico"; y para establecer dentro de esa semana los siguientes días conmemorativos: el "Día del Joven Agricultor", el "Día del Maestro Agrícola", el "Día de los FFA", el "Día de los Clubes 4-H", el "Día del Profesional en Agricultura Sostenible", "Día del Ganadero Puertorriqueño" y "Día de los Profesionales Agrícolas"; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Cada año, durante la última semana completa del mes de febrero, se celebra en los Estados Unidos la "National FFA Week National FFA Week" con el propósito de destacar la importancia del liderazgo juvenil, la educación agrícola y el impacto de los Future Farmers of America Future Farmers of America (FFA) en el desarrollo profesional y comunitario del país. Esta organización, fundada en 1928, ha cultivado generaciones de líderes comprometidos con la producción de alimentos, la sostenibilidad ambiental y el desarrollo rural.
En Puerto Rico, el Programa de Educación Agrícola del Departamento de Educación integra activamente los valores, competencias y metodologías de la FFA como parte esencial de su currículo. A través de capítulos escolares, los estudiantes no solo reciben formación técnica en agricultura, sino que también desarrollan destrezas en liderazgo, ética laboral, innovación, emprendimiento y servicio comunitario. De igual forma, estos jóvenes participan en competencias locales y nacionales que enriquecen su experiencia y visibilidad en el campo profesional Además, participan en competencias a nivel local y nacional que fortalecen su preparación académica y profesional.
El reconocimiento de la "Semana de los FFA" en Puerto Rico representa una oportunidad significativa para fortalecer el aprecio público por los jóvenes agricultores, sus educadores, y las organizaciones que apoyan su crecimiento. Asimismo, permite crear conciencia sobre el valor estratégico de la agricultura para la seguridad alimentaria del país, en un contexto donde la autosuficiencia alimentaria es esencial para enfrentar los desafíos del cambio climático, las crisis económicas y la vulnerabilidad de la cadena de suministros global.
Según el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA), más del 85% de los productos alimenticios que se consumen en la isla Isla se traen de los Estados Unidos continentales y otros países importan desde el exterior. Esta fuerte dependencia de las importaciones se debe principalmente a varios factores interconectados. Dicho esto, es imperativo incentivar y visibilizar las trayectorias agrícolas desde edades tempranas. Reconocer a los jóvenes agricultores, a los maestros de agricultura, a los clubes estudiantiles como FFA y 4-H, y a los profesionales en agricultura sostenible, es una expresión de gratitud por su compromiso con un futuro más resiliente, justo y sustentable.
Además de promover el orgullo por el trabajo agrícola, esta celebración reafirma la importancia de integrar la agricultura con la ciencia, la tecnología y la innovación para el bienestar de las futuras generaciones.
Por todo lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio y necesario instituir formalmente la Semana de los FFA en Puerto Rico y dedicar días específicos para destacar a los diversos actores que hacen posible el desarrollo del sector agrícola y educativo del país de Puerto Rico.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Título
Esta Ley se conocerá como la "Ley Para Establecer Semana de los "Futuros Agricultores de America Future Farmers of America (FFA)" en Puerto Rico".
Artículo 2.- Definiciones
A los fines de esta Ley, los siguientes términos tendrán el significado que se expresa a continuación:
a) Future Farmers of America (FFA) - Organización estudiantil nacional, fundada en 1928, que promueve el desarrollo de liderazgo, la excelencia académica y la preparación profesional de estudiantes interesados en la agricultura, los recursos naturales y áreas relacionadas. En Puerto Rico, la FFA opera como parte del Programa de Educación Agrícola del Departamento de Educación.
b) Programa de Educación Agrícola: - Iniciativa educativa del Departamento de Educación de Puerto Rico que ofrece formación técnica y académica en ciencias agrícolas, agroempresarismo, producción sustentable y liderazgo, mayormente a nivel de escuela superior, mediante currículo especializado y experiencias prácticas.
c) Clubes 4-H - Organización juvenil adscrita al Servicio de Extensión Agrícola de la Universidad de Puerto Rico que fomenta el desarrollo integral de la niñez y juventud mediante experiencias educativas prácticas en las áreas de ciencia, agricultura, liderazgo, nutrición, ciudadanía y otras, fundamentadas en los valores de cabeza, corazón, manos y salud.
d) Profesionales Agrícolas - personas que ejercen funciones técnicas, científicas, educativas o empresariales dentro del sector agrícola, incluyendo pero sin limitarse a: ingenieros agrónomos, agricultores, ganaderos, economistas agrícolas, científicos de alimentos, ingenieros de sistemas agrícolas, especialistas en agricultura de precisión, ecologistas agrícolas y expertos en gestión de residuos.
e) Agricultura Sostenible - modelo de producción agrícola que busca satisfacer las necesidades alimentarias y económicas presentes sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones, protegiendo los recursos naturales, fomentando el bienestar social y promoviendo prácticas ambientalmente responsables.
f) Empresario Agrícola - persona dedicada al comercio dentro de las distintas industrias agrícolas, con el fin de generar para la producción de alimentos, materias primas o productos derivados para el consumo humano o industrial.
g) Maestro Agrícola -docente certificado que imparte cursos del Programa de Educación de Educación Agrícola, facilitando el desarrollo de competencias técnicas, prácticas, científicas y de liderazgo en estudiantes de nivel intermedio o superior.
Artículo 3.- Designación de la Semana de los FFA en Puerto Rico
Se declara la última semana completa del mes de febrero de cada año como la "Semana de los Future Farmers of America Future Farmers of America (FFA) en Puerto Rico", con el fin de fomentar el conocimiento, la celebración y el reconocimiento del liderato agrícola juvenil, sus educadores y mentores, así como las organizaciones que lo promueven.
Artículo 4.- Días conmemorativos dentro de la Semana de los FFA
Se designan Días conmemorativos dentro de la Semana de los FFA Puertorriqueños.
Como parte de la Semana de los FFA en Puerto Rico, se instituirán los siguientes días conmemorativos:
Lunes: Día del Joven Agricultor - para reconocer a los estudiantes que aspiran a contribuir a la agricultura del país Puerto Rico.
Martes: Día del Maestro de Educación Agrícola - para honrar a los educadores del Programa de Educación Agrícola.
Miércoles: Día de los FFA - para celebrar la aportación de esta organización al desarrollo estudiantil y agrícola en Puerto Rico.
Jueves: Día de los Clubes 4-H - en reconocimiento a los programas de desarrollo juvenil rural y urbano enfocados en la ciencia, el liderazgo y la ciudadanía.
Viernes: Día del Profesional en Agricultura Sostenible - para destacar a agrónomos, agroempresarios, agroeducadores, científicos ambientales y otros expertos que lideran esfuerzos hacia una agricultura ecológica, innovadora y autosuficiente.
Sábado: Día del Empresario Agrícola - Para destacar la importancia de este sector económico y la producción alimentaria del Puerto Rico Para reconocer su aportación a la producción agrícola y al desarrollo económico en Puerto Rico.
Domingo: Día de los Profesionales Agrícolas - Para destacar a quienes ejercen profesiones técnicas, científicas o empresariales en el campo agrícola. Entre las profesiones que se destacan se encuentran la ingeniería agronómica, la agricultura de precisión, la ciencia de alimentos, la ganadería, la agricultura, la ingeniería de sistemas agrícolas, la economía agrícola, la ecología aplicada a la agricultura y la gestión de residuos agrícolas, entre otras.
Artículo 5.- Reconocimiento oficial
Se autoriza a al Departamento de Educación y a entidades pertinentes a emitir proclamas oficiales y actos de reconocimiento a estudiantes, educadores y profesionales destacados en los respectivos días conmemorativos conforme a los recursos disponibles.
Artículo 6.- Cláusula de Separabilidad
Si cualquier parte de esta Ley fuera anulada o declarada inconstitucional, la resolución, dictamen o sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el remanente de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado a la parte específica de esta que así hubiere sido anulada o declarada inconstitucional.
Artículo 7.- Vigencia
Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.