GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO R. del S. 175 8 de mayo de 2025 Presentada por la señora Pérez Soto Referida a RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre la instalación de los semáforos en las intersecciones de la Carretera PR-137, en la intersección con la carretera PR-644 en el sector La Línea de Vega Baja, la intersección con la carretera PR-643 en el Barrio Pugnado de Vega Baja, y con la intersección de la carretera PR-634 en el Barrio Torrecillas de Morovis. A su vez, se evalue el estado general de dicha vía, incluyendo el proceso de repavimentación y los trámites requeridos para su ejecución, tales como el diseño de infraestructura, la obtención de permisos, la asignación de fondos y la realización de los trabajos correspondientes. La ausencia de marcas viales, la deficiencia en la iluminación y otros factores que inciden en la seguridad vial en estas áreas. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La seguridad vial es un elemento esencial para garantizar la protección y el bienestar de todos los ciudadanos que transitan por nuestras carreteras. La adecuada señalización, iluminación y estado de las vías son factores determinantes en la prevención de accidentes y en la promoción de un sistema de transportación eficiente y seguro. La Carretera PR-137 constituye una vía de alto tránsito que conecta importantes comunidades de los municipios de Vega Baja y Morovis. Sin embargo, diversas intersecciones a lo largo de esta carretera, particularmente con las carreteras PR-644 en el sector La Línea de Vega Baja, PR-643 en el Barrio Pugnado de Vega Baja, y PR-634 en el Barrio Torrecillas de Morovis, presentan condiciones que ponen en riesgo la seguridad de conductores, peatones y residentes. La ausencia de semáforos ha sido motivo de preocupación por parte de la ciudadanía debido al aumento en la incidencia de situaciones peligrosas y accidentes vehículares. Además, se han identificado deficiencias en el estado general de la vía, tales como el deterioro del pavimento, la falta de repavimentación, la ausencia de marcas viales y la insuficiencia en el alumbrado público. Estas condiciones no solo dificultan la conducción segura, sino que también representan un riesgo constante, especialmente durante horas nocturnas o en condiciones climatológicas adversas. Ante este panorama, es imperativo que el Senado de Puerto Rico, a través de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor, investigue de forma exhaustiva las condiciones de la Carretera PR-137 y sus intersecciones señaladas. Dicha investigación debe incluir el análisis del diseño de infraestructura, los permisos requeridos, la asignación de fondos necesarios y la viabilidad de los trabajos de instalación de semáforos y repavimentación, así como cualquier otra medida que garantice la seguridad vial en la zona. El compromiso del Estado con la seguridad de sus ciudadanos debe reflejarse en acciones concretas que atiendan los reclamos de las comunidades y mejoren las condiciones de nuestras carreteras. Esta investigación es un paso esencial hacia la prevención de accidentes y la protección de vidas. RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO: Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones de seguridad vial en la Carretera PR-137, específicamente en sus intersecciones con las carreteras PR-644, PR-643 y PR-634, en los municipios de Vega Baja y Morovis, respectivamente. Esta investigación deberá considerar la viabilidad de instalar semáforos en dichas intersecciones, así como evaluar el estado actual de la carretera, la necesidad de repavimentación, la ausencia de marcas viales, la iluminación y otros aspectos que incidan en la seguridad de los transeúntes y conductores. Sección 2.- Como parte de dicha investigación, la Comisión deberá examinar los procesos necesarios para ejecutar las obras requeridas, incluyendo el diseño de la infraestructura, los permisos aplicables, la asignación de fondos y la coordinación con las agencias pertinentes. Sección 3.- La Comisión deberá rendir un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, en un término de noventa (90) días, luego de la aprobación de esta Resolución. Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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