GOBIERNO DE pUERTO rICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
Cámara DE REPRESENTANTES
R. de la C. 463
30 DE SEPTIEMBRE DE 2025
Presentada por el representante Varela Fernández
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las causas, el alcance y las consecuencias de la pobreza en Puerto Rico, así como evaluar y proponer estrategias integrales para su erradicación; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La pobreza en Puerto Rico continúa siendo uno de los desafíos más urgentes y persistentes para el desarrollo humano y la cohesión social. Según el Centro de Estudios del Desarrollo (CED) de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, para el año 2023 la tasa de pobreza entre personas de 25 años o más alcanzó un 39.2% en mujeres y un 33.4% en hombres, con una marcada correlación entre bajos niveles de escolaridad y mayor incidencia de pobreza. Por ejemplo, las mujeres con menos de un cuarto año de escuela presentaron una tasa de pobreza de 65%, mientras que aquellas con grado de bachillerato o más redujeron esa cifra a 18%.
Estos datos revelan no solo la magnitud del problema, sino también la persistente desigualdad de género y la importancia de la educación como herramienta comprobada para reducir la pobreza. Sin embargo, la pobreza en Puerto Rico no es un fenómeno aislado: está íntimamente ligada a la desigualdad económica, la precariedad laboral, la falta de acceso equitativo a servicios esenciales y la vulnerabilidad de comunidades enteras ante crisis económicas, desastres naturales y el cambio climático.
Estudios sobre desarrollo humano en la Isla han identificado que Puerto Rico se encuentra entre las jurisdicciones con mayor desigualdad de ingresos en el mundo, con un coeficiente de Gini históricamente alto—uno de los indicadores más utilizados para medir desigualdad— lo que agrava la exclusión social y limita las oportunidades de movilidad económica. Esta desigualdad estructural perpetúa ciclos de pobreza que afectan de manera desproporcionada a adultos mayores, niños, personas con discapacidad y comunidades rurales.
Aunque se han implementado múltiples programas y políticas públicas con el objetivo de erradicar la pobreza, los datos más recientes muestran claramente la realidad de estos amplios sectores de la población que siguen viviendo por debajo del umbral de pobreza.
El Instituto del Desarrollo de la Juventud y estudios académicos recientes han documentado que la pobreza juvenil sigue siendo alarmante:
El Perfil Sociodemográfico de la Población de Adultos Mayores en Puerto Rico (2024) y análisis de la prensa especializada revelan que:
La evidencia internacional y local demuestra que el empoderamiento comunitario es una de las estrategias más efectivas para combatir la pobreza de manera sostenible. Esto implica:
Los datos vertidos evidencian que la pobreza en Puerto Rico no es homogénea:
Intuimos que la erradicación de la pobreza requiere un enfoque integral que combine:
Ante esta realidad, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes debe liderar un esfuerzo legislativo basado en evidencia, que no solo documente el problema, sino que proponga medidas concretas y sostenibles para erradicar la pobreza en Puerto Rico.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre:
Sección 2. — La Comisión deberá celebrar vistas públicas, así como ejecutivas, solicitar informes a agencias gubernamentales, organizaciones sin fines de lucro, instituciones académicas, expertos en la materia, y recopilar datos estadísticos actualizados que permitan un análisis riguroso del tema.
Sección 3. — La Comisión presentará un informe final a esta Cámara de Representantes en un término no mayor de ciento ochenta (180) días a partir de la aprobación de esta Resolución, incluyendo hallazgos, conclusiones y recomendaciones específicas para la acción legislativa y administrativa.
Sección 4. — Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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