GOBIERNO DE PUERTO RICO 20 ma. Asamblea 1ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO P. del S. 6 INFORME POSITIVO 10 de abril de 2025 AL SENADO DE PUERTO RICO: La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico, previo estudio, análisis y consideración del Proyecto del Senado 6, somete a este Honorable Cuerpo Legislativo el presente Informe Positivo, con enmiendas. ALCANCE DE LA MEDIDA El Proyecto del Senado 6 tiene el propósito de crear la "Ley de Reconocimiento Universal de Licencias Ocupacionales y Licencias Profesionales en Puerto Rico", con el propósito de facilitar la movilidad laboral, el desarrollo económico y la calidad de los servicios ocupacionales y profesionales en la Isla, hacer declaración de política pública; y para otros fines relacionados. ANÁLISIS DE LA MEDIDA La medida propuesta parte del reconocimiento de que las licencias profesionales y ocupacionales, si bien son esenciales para garantizar la calidad de los servicios, han resultado ser en muchas ocasiones barreras innecesarias para la libre movilidad y el empleo. En un contexto de fuga de talentos, particularmente en el sector salud, esta legislación busca revertir ese fenómeno reduciendo la burocracia y agilizando la integración de profesionales cualificados. Un punto destacado de la exposición de motivos es el éxodo de médicos. Se reconoce que los incentivos fiscales existentes han sido insuficientes y se plantea que una solución más efectiva es eliminar trabas administrativas para el retorno de estos profesionales, facilitando su ejercicio en Puerto Rico si ya cuentan con una licencia válida en otra jurisdicción. En este contexto, el reconocimiento de licencias médicas, especialmente aquellas respaldadas por el "United States Medical Licensing Exam" (USMLE), es vital. El marco legal propuesto obliga a las Juntas locales a emitir licencias o certificaciones en un plazo de treinta (30) días, con mecanismos de licencias provisionales si no se cumple ese término. Esto representa una mejora considerable frente a los tiempos de respuesta actuales, documentados como excesivamente largos y poco eficientes. Aunque la ley es ambiciosa en facilitar la movilidad profesional hacia Puerto Rico, establece con claridad que las licencias emitidas bajo esta ley no son válidas fuera de la Isla, salvo que existan acuerdos interestatales o pactos específicos. Esto limita la reciprocidad automática, pero mantiene el enfoque soberano del sistema regulador local. La ley instruye al Departamento de Estado, las juntas que regulan las profesiones y cualesquiera otras agencias concernientes a emitir reglamentos dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes a su aprobación. Esta disposición es crucial para que el marco legal no se quede en letra muerta. ALCANCE DEL INFORME En aras de analizar y evaluar la medida, la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico tuvo ante su consideración los comentarios presentados por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), el Instituto de Libertad Económica, Institute for Justice, West Virginia University y Neda Mowzoun MS, CNS, LDN. Se hace constar que se solicitaron comentarios al Departamento de Estado, pero a la fecha no se ha recibido su memorial. DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMERCIO (DDEC) El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), presentó su memorial explicativo para el P. del S. 6 por conducto de su Secretario, Sebastián Negrón Reichard, quienes se expresaron a favor de su aprobación. El DDEC reconoce que la medida responde a una necesidad crítica del país, como la escasez de profesionales cualificados, particularmente en sectores esenciales como salud, educación y tecnología. Además, considera que una legislación de este tipo favorecería el retorno de puertorriqueños que se han trasladado a Estados Unidos para estudiar o trabajar, promoviendo así la repoblación del capital humano local. Este Departamento, cuya misión es diseñar y ejecutar políticas de crecimiento económico, ve en esta medida un instrumento efectivo para potenciar la competitividad de la fuerza laboral y estimular sectores clave de la economía. Considera que al eliminar barreras innecesarias para el ejercicio profesional, se abre la puerta a una mayor incorporación de talento especializado que, de otra manera, podría mantenerse fuera del mercado puertorriqueño. El apoyo institucional a esta medida también representa una validación de los esfuerzos para modernizar y agilizar los procesos de licenciamiento en la Isla. Esta perspectiva es crucial, dado que uno de los retos más señalados por profesionales de la diáspora ha sido la lentitud o ineficiencia en el reconocimiento de credenciales, lo cual desincentiva el regreso a Puerto Rico. El memorando enfatiza que la ley puede tener un impacto directo en la calidad de vida de los puertorriqueños, al mejorar la disponibilidad y calidad de los servicios profesionales. El DDEC recomienda la aprobación del Proyecto del Senado Núm. 6 sin reservas, destacando sus beneficios tanto económicos como sociales. La postura es clara, concisa y respaldada por el análisis del contexto actual del país. INSTITUTO DE LIBERTAD ECONÓMICA El Instituto de Libertad Económica, presentó su memorial explicativo para el P. del S. 6 por conducto de su Fundador y Principal Oficial Ejecutivo, Jorge L. Rodríguez y su Director de Investigación y Política Pública, Ángel Carrión Tavárez, quienes expresaron su respaldo firme a favor de su aprobación. La postura parte de la premisa de que el exceso de requisitos de licencias en Puerto Rico actúa como una barrera a la participación laboral, la movilidad y la competitividad económica. Resaltan que la portabilidad de licencias facilita la entrada al mercado de personas ya cualificadas, sin poner en riesgo la salud y seguridad pública. A su vez, permiten enfrentar la escasez de profesionales en áreas clave como la salud, tecnología y educación. Citan evidencia empírica de que la migración hacia estados con reconocimiento universal ha aumentado hasta en un 50%, y proponen que Puerto Rico se una a esa tendencia para evitar continuar perdiendo talento y oportunidades económicas. En ánimos de garantizar la efectividad de la medida, proponen la revisión de varios aspectos: Eliminar el requisito de "similitud" de estándares entre licencias emitidas en otros estados y los de Puerto Rico, ya que este tipo de exigencia ha demostrado reducir el impacto del reconocimiento universal. Reducir el requisito de tres años de experiencia a uno, para alinearse con los 26 estados de EE. UU. que ya han implementado esta política de manera exitosa. Incluir una disposición específica para cónyuges de militares, grupo altamente móvil que se beneficiaría de procesos expeditos para obtener licencias en Puerto Rico. El Instituto de Libertad Económica advierte que mantener criterios como la "similitud" de requisitos educativos o de experiencia afecta la competitividad de la Isla. También hacen un llamado a la acción legislativa para avanzar en esta reforma estructural. Los autores ponen a disposición del Senado su colaboración técnica y analítica, reiterando su disposición a participar en otras iniciativas de política pública relacionadas. INSTITUTE FOR JUSTICE (IJ) El Institute for Justice (IJ) presentó su memorial explicativo para el P. del S. 6 por conducto de su Directora de Legislación y Consejera Legislativa Sénior, Meagan Forbes, quienes expresaron su apoyo general a favor de su aprobación. No obstante, el Instituto plantea dos preocupaciones clave y ofrece recomendaciones específicas para enmendar el proyecto y garantizar que logre su propósito sin trabas burocráticas adicionales. El IJ señala que exigir que la educación, la capacitación y los exámenes de otras jurisdicciones sean "similares" a los de Puerto Rico contradice la esencia del reconocimiento universal. Puerto Rico, de hecho, presenta algunos de los requisitos más onerosos de Estados Unidos para ocupaciones de ingreso medio y bajo. Algunos ejemplos concretos son: Un técnico de farmacia necesita 905 días de preparación en Puerto Rico, frente a 37 días en Florida o 117 días en Texas y Carolina del Norte. Un manicurista en Puerto Rico requiere 233 días, en comparación con 42 a 140 días en varios estados. Según el IJ, si una persona ha sido licenciada y considerada segura para ejercer en otro estado, no debería verse obligada a cumplir con estándares adicionales simplemente porque los requisitos de Puerto Rico son más estrictos. Recomienda eliminar el lenguaje que exige "similitud" de formación, experiencia o examen. El segundo punto crítico es el requerimiento de tener tres años de experiencia continua, además de un año de licenciamiento, para poder ejercer en Puerto Rico. Según el IJ, ninguno de los 26 estados con leyes de reconocimiento universal exige ambas condiciones a la vez. En cambio, la norma común es haber tenido una licencia válida durante al menos un año. Mencionan, además que algunos estados incluso reconocen experiencia profesional en ocupaciones que no requieren licencia en su estado de origen, mostrando un enfoque más inclusivo. Recomienda eliminar el requisito de los tres años de experiencia y conservar únicamente la exigencia de una licencia vigente por un año. WEST VIRGINIA UNIVERSITY La West Virginia University presentó memorial explicativo para el P. del S. 6 por conducto de su Director del Knee Regulatory Research Center y Profesor Asociado de Economía, Edward J. Timmons, quienes se expresaron a favor de la medida. No obstante, presenta dos preocupaciones y propone enmiendas. La West Virginia University cuestiona la lógica del requisito de haber ejercido por tres años en una ocupación, señalando que la mayoría de los estados solo exigen un año de experiencia con la licencia vigente. También plantea que la forma en que está redactado el requisito podría interpretarse como exigir que esa experiencia ocurra dentro de Puerto Rico, lo cual sería contradictorio. Recomienda modificar la sección para requerir solo un (1) año de experiencia profesional previa en otra jurisdicción, como ya lo hacen otras leyes estatales exitosas. La segunda preocupación manifestada consta en el requisito de que la educación y formación del solicitante sean "similares" a las de Puerto Rico. La West Virginia University subraya que este tipo de requisito reduce significativamente el impacto de las reformas. Recomienda sustituir este lenguaje por un enfoque basado en el "ámbito de práctica" (scope of practice), es decir, que se evalúe si el solicitante tiene autorización legal para realizar funciones similares en su jurisdicción de origen, sin importar la equivalencia formal de educación o entrenamiento. NEDA MOWZOUN, MS, CNS, LDN La licenciada Neda Mowzoun apoyó el P. del S. 6 de forma clara argumentando que la medida promueve la movilidad laboral, la competitividad económica y el acceso a servicios esenciales. No obstante, propone enmiendas al texto del proyecto que constan de: Flexibilizar los requisitos académicos, permitiendo que grados avanzados (maestrías o doctorados) en la especialidad requerida sustituyan el requisito de bachillerato específico. Reducir el requisito de experiencia previa en la jurisdicción de origen de tres (3) a un (1) año. Otorgar licencias provisionales a solicitantes que cumplen con la mayoría de los requisitos mientras completan lo restante. Facultar a las Juntas Examinadoras a aplicar mecanismos de evaluación individualizada. IMPACTO FISCAL MUNICIPAL En cumplimiento con lo establecido en el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Gobierno, certifica que la aprobación del P. del S. 6, no conlleva un impacto fiscal que genere obligaciones adicionales en exceso a los ingresos disponibles de los gobiernos municipales. CONCLUSIÓN La Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico examinó detenidamente el Proyecto del Senado 6 con los planteamientos presentados y concluye que la medida constituye una respuesta legislativa moderna, eficaz y estructurada a uno de los retos más persistentes que enfrenta Puerto Rico: la rigidez del sistema de licenciamiento profesional y ocupacional, y su impacto negativo sobre la movilidad laboral, la repoblación del capital humano y el acceso oportuno a servicios esenciales. El P. del S. 6 ofrece un marco legal balanceado que salvaguarda la calidad profesional, sin perpetuar barreras innecesarias, y se enmarca en un esfuerzo por alinear a Puerto Rico con las mejores prácticas adoptadas ya en más de una veintena de jurisdicciones de los Estados Unidos. El proyecto reconoce que los marcos regulatorios locales, aunque diseñados para proteger la seguridad y la competencia, han desembocado en muchos casos en obstáculos burocráticos que desalientan el regreso de profesionales puertorriqueños desde la diáspora y la llegada de talento externo. Al establecer un proceso ágil de reconocimiento de licencias ya expedidas por otros estados, la medida no solo optimiza el acceso a mano de obra cualificada, sino que también promueve la competitividad económica, mejora la prestación de servicios en sectores críticos -como salud, educación, ingeniería y tecnología- y facilita el cumplimiento de metas de desarrollo sostenible en el país. El proyecto ha sido respaldado por entidades de prestigio como el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, el Institute for Justice, el Instituto de Libertad Económica, la Universidad de West Virginia y ciudadanos profesionales que han enfrentado directamente las deficiencias del sistema actual. A pesar de que algunos comparecientes sugirieron enmiendas al lenguaje del proyecto -relacionadas a la equivalencia educativa o al número de años de experiencia requeridos-, la Comisión de Gobierno, tras evaluar todas las posturas, concluye que la versión presentada del proyecto cumple con los fines de política pública de forma clara, razonable y ejecutable. Aprobar el Proyecto del Senado 6 envía un mensaje de apertura, pragmatismo y compromiso con una transformación profunda del ecosistema laboral en la Isla. Es una medida que prioriza el talento y la experiencia validada, sin menoscabar la autoridad de las Juntas Examinadoras que regulan las profesiones, a quienes se les reconoce capacidad de acción mediante reglamentación. Al fijar plazos definidos para el procesamiento de licencias, establecer la posibilidad de licencias provisionales y delimitar claramente el alcance geográfico de las licencias reconocidas, la medida ofrece un marco legal robusto, respetuoso del ordenamiento local y al servicio del bien común. Por tanto, esta Comisión recomienda firmemente la aprobación de este proyecto con enmiendas, en tanto representa una herramienta clave para el desarrollo económico, la modernización institucional y la equidad de oportunidades para profesionales cualificados dispuestos a aportar a Puerto Rico. Con su implementación, no solo se elimina una barrera de entrada al ejercicio profesional, sino que se abre una puerta al talento, al progreso y al regreso de quienes desean servir desde su patria. POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisiónprevio estudio y consideración, tienen a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el Proyecto del Senado 6, recomendando su aprobación sin enmiendas. Respetuosamente sometido, Sen. Ángel Toledo López Presidente Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico
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