ESTADOLIBREASOCIADO DEPUERTORICO
20ma.Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADODEPUERTORICO
R. C.delS.
8 de enero de 2025
Presentada por la señora Álvarez Conde
Referida a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para asignar la suma de un millón de dólares ($1,000,000), a ser distribuidos a las organizaciones que componen la Red Nacional de Albergues de Violencia de Género, para que puedan mantenerse operantes y ampliando sus servicios y alcance a las sobrevivientes de violencia; yparaotrosfines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Por años organizaciones sin fines de lucro en defensa de las sobrevivientes de violencia de género han levantado bandera sobre cuán complejo se ha tornado establecer estrategias efectivas para poder hacerle frente a la problemática social. Recientemente se ha visto un aumento extraordinario de casos de violencia de género, superando en número los recursos disponibles para atajar la emergencia. Estos problemas de recursos se ven reflejados en deficiencias en la ejecución de política pública de educación, prevención y servicios a sobrevivientes.
Entre las instituciones que sirven a la sociedad con su labor a favor de las sobrevivientes de violencia de género se encuentra la Red Nacional de Albergues de Violencia de Género. La Red es un colectivo que reúne a organizaciones con un enfoque humanista y de desarrollo integral, ofreciendo una gama de servicios que incluyen albergue y vivienda segura, desarrollo económico, servicios psicosociales, de salud, legales y socioeducativos. Estos servicios se brindan a sobrevivientes de violencia de género y sus familias, en un entorno de seguridad y atención especializada.
Los refugios para mujeres maltratadas son espacios seguros destinados a brindar protección y apoyo a mujeres que han sido víctimas de violencia doméstica. Estos lugares ofrecen alojamiento temporal, asesoramiento psicológico, orientación legal y servicios de apoyo para ayudar a las mujeres a reconstruir sus vidas lejos de sus agresores. Funcionan como un recurso vital, proporcionando un entorno seguro donde las mujeres pueden sanar emocionalmente, planificar su futuro y acceder a recursos que les permitan alcanzar la independencia. Son efectivos porque permiten a las víctimas escapar de situaciones peligrosas y prevenir futuros episodios de abuso, además de conectar a las mujeres con redes de apoyo. Su importancia radica en que salvan vidas, promueven la igualdad y contribuyen a romper el ciclo de la violencia.
Como vemos la función social de los albergues es esencial para la reivindicación de los derechos y la dignidad de las sobrevivientes. En ausencia de iniciativas efectivas por parte de los encargados de implantar la política pública, la Asamblea Legislativa cumple con su función constitucional al evaluar la problemática actual y tomar una acción afirmativa ante el incremento de casos de violencia de género. Por lo cual esta Asamblea Legislativa reconoce la necesidad de asignar recursos a estas organizaciones, que forman parte esencial de la política pública del Estado para hacerle frente a la emergencia de violencia de género.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se asigna la suma de un millón de dólares ($1,000,000), a ser distribuidos a las organizaciones que componen la Red Nacional de Albergues de Violencia de Género, para que puedan mantenerse operantes y ampliando sus servicios y alcance a las sobrevivientes de violencia.
Sección 2.- La Oficina de Gerencia y Presupuesto identificará entre los recursos del Estado la suma expresada en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta y la consignará en el presupuesto recomendado para el Año Fiscal 2025-2026.
Sección 3.-La Red Nacional de Albergues de Violencia de Género preparará un informe cuantitativo sobre la cantidad personas impactadas por las organizaciones que la componen, con el propósito de distribuir la asignación proporcionalmente y de manera efectiva. Este informe será entregado a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, quienes en conjunto con la Oficina de Gerencia y Presupuesto, así como cualquier otra agencia pertinente, facilitarán la distribución y desembolso de los fondos asignados en esta Resolución Conjunta.
Sección 4.- La Oficina de la Procuradora de las Mujeres deberá presentar, en o antes del 31 de diciembre de 2025, ante la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, a través de la Secretaría de ambos Cuerpos Legislativos, un informe detallado de cómo se han utilizado los fondos asignados por medio de esta Resolución Conjunta.
Sección 5.- Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.