GOBIERNO DE PUERTO RICO 20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO R. C. del S. 14 14 de enero de 2025 Presentada por el señor Reyes Berríos (Por Petición del Hon. Orlando Ortiz Chevres) Coautor el señor Santos Ortiz Referida a las Comisiones de Gobierno; y de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo RESOLUCIÓN CONJUNTA Para modificar los límites territoriales de los municipios de Naranjito y Toa Alta, a los fines de extender la jurisdicción del Municipio de Naranjito a través de la transferencia de la totalidad del área que comprende el Parque Enrique Medina ubicado en el barrio Lomas de Naranjito en colindancia con el barrio Quebrada Arenas de Toa Alta, con Núm. de Catastro: 140-037-131-10; que se relocalice la línea divisoria entre los municipios de Naranjito y Toa Alta, para que el Puente Atirantado Jesús Izcoa Moure se ubique totalmente en la demarcación geográfica del Municipio de Naranjito; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución de Puerto Rico, en su Artículo VI, Sección 1, dispone que la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear, suprimir, consolidar y reorganizar municipios, modificar sus límites territoriales y determinar lo relativo a su régimen y función. Conforme a ello, la presente Resolución Conjunta propone modificar los límites territoriales de los municipios de Naranjito y Toa Alta. Lo anterior, con el propósito de atender una legítima petición del alcalde del Municipio de Naranjito, Hon. Orlando Ortiz Chevres, en la cual manifiesta el interés en torno al mantenimiento del Parque Enrique Medina y realizar mejoras en el Puente Atirantado Jesús Izcoa Moure. Específicamente, propone modificar los límites territoriales de los municipios de Naranjito y Toa Alta, a los fines de extender la jurisdicción del Municipio de Naranjito a través de la transferencia de la totalidad del área que comprende el Parque Enrique Medina ubicado en el barrio Lomas de Naranjito en colindancia con el barrio Quebrada Arenas de Toa Alta, con Núm. de Catastro: 140-037-131-10; y que se relocalice la línea divisoria entre los municipios de Naranjito y Toa Alta, para que el Puente Atirantado Jesús Izcoa Moure se ubique totalmente en la demarcación geográfica del Municipio de Naranjito. En vista de lo antes expuesto y tomando cuenta de que la administración municipal del municipio de Toa Alta está de acuerdo con lo propuesto, esta Asamblea Legislativa ordena la modificación de los límites territoriales de los Municipios de Naranjito y Toa Alta.Se modifican los límites territoriales de los municipios de Naranjito y Toa Alta, a los fines de extender la jurisdicción del Municipio de Naranjito a través de la transferencia de la totalidad del área que comprende el Parque Enrique Medina ubicado en el barrio Lomas de Naranjito en colindancia con el barrio Quebrada Arenas de Toa Alta, con Núm. de Catastro: 140-037-131-10, y coordenadas: 18.329005, -66.270458; y que se relocalice la línea divisoria entre los municipios de Naranjito y Toa Alta, para que el Puente Atirantado Jesús Izcoa Moure (coordenadas 18.32614177, -66.20893940; 18.32614177, -66.20864116; 18.82413412, -66.20933322; 18.32407541, -66.20826587) se ubique totalmente en la demarcación geográfica del Municipio de Naranjito.Se ordena a la Junta de Planificación a modificar los límites territoriales de los municipios de Naranjito y Toa Alta de forma consistente con lo ordenado en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta. La Junta de Planificación, en conjunto con los municipios de Naranjito y Toa Alta, prepararán en un término de sesenta (60) días, contados a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta, un mapa delimitando los nuevos límites territoriales de ambos municipios. Sección 4.- Se ordena a la Junta de Planificación a notificar a las agencias estatales y federales concernidas, incluyendo los tribunales de justicia de la nueva forma y límites territoriales de los municipios de Naranjito y Toa Alta. Sección 5.- Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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