GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 1ra Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R.C. del S. 21
INFORME POSITIVO
13 de marzo de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación de la R.C. del S. 21, con las enmiendas contenidas en el entirillado que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
La Compañía de Turismo de Puerto Rico ("CTPR") es la agencia facultada por la Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, para fomentar el desarrollo de la industria turística y maximizar el potencial de Puerto Rico como un destino turístico de calidad mundial. Entre los propósitos de la agencia se encuentra mercadear el turismo gastronómico, cultural, entre otros. Particularmente, luego de la creación del DMO, el enfoque de la CTPR es promover el turismo local.
Con esta encomienda en mente, se aprobó la Ley 113-2020, la cual autoriza a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a crear un Comité Asesor para el establecimiento de rutas o zonas de interés turístico en el Municipio de Loíza, así como el desarrollo conjunto de planes de mercadeo, promoción, apoyo a áreas turísticas del Municipio.
Como se sabe, el Municipio de Loíza se ha caracterizado por su valor histórico, costumbres, culturas y tradiciones únicas en Puerto Rico. Como parte de su folclore más arraigadas encontramos la bomba y la plena, tradiciones culinarias puertorriqueñas, entre otros manjares caribeños. Es por ello que la Ley 113-2020 señala que en el Municipio de Loíza se encuentran atractivos turísticos como el Río Grande de Loíza que nace en el barrio Espino de San Lorenzo y desemboca en el barrio Loíza Aldea, siendo uno de los más largos y caudalosos de Puerto Rico; la Parroquia del Espíritu Santo con su santo patrón, San Patricio, la cual es la más antigua de Puerto Rico y pertenece al Registro Nacional de Lugares Históricos del Gobierno de Estados Unidos; la Cueva María de la Cruz o de los Indios, que se caracteriza por su claridad y amplitud; el Bosque Estatal de Piñones, único en su clase por la riqueza de su ecosistema; el Centro de Artesanía de la Familia Ayala; el Centro Cultural de la Comunidad de Piñones (COPI), el Parque Julia de Burgos, entre otros. Por otro lado, posee unas hermosas y reconocidas playas, entre ellas, la Playa Aviones y Playa Vacía Talega; y sus lagunas, Laguna de Piñones y La Torrecilla.
Promover estos atractivos turísticos es muy importante para el desarrollo económico y social de todos los loiceños. El área de Piñones se ha convertido en parte de la cultura de todos los puertorriqueños y ha logrado posicionarse con otros atractivos turísticos que ofrece nuestra isla. La popularidad de Piñones ha logrado convertirlo en un destino de un turismo sostenible único en su clase, no solo por su particular ubicación frente al Océano Atlántico o la joya natural de los mangles de la Laguna de Piñones, es la oferta gastronómica que ofrece Piñones que resulta altamente reconocida y la convierte en uno de los atractivos turísticos internos y externos que más visitas recibe anualmente. En Piñones se conservan las tradiciones culinarias y el consumo de frituras tales como alcapurrias, bacalaítos, piononos, entre otros confeccionadas en fogones de leña, entre otras tradiciones.
Como se ha señalado anteriormente, el Municipio de Loíza es uno de los municipios más ricos en costumbres y tradiciones de Puerto Rico. Por lo que el desarrollo integral de todas las áreas turísticas del Municipio debe ser promovido e incentivado con la ayuda de la Compañía de Turismo, integrada en el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, así como por otras agencias gubernamentales. Como parte de las funciones de Comité creado por la Ley 113-2020 se encuentra ayudar a desarrollar estas zonas o rutas turísticas, proveyéndole a todos los comerciantes todas las herramientas necesarias para que puedan cumplir con todos los requisitos necesarios a los fines de ser reconocidos como tal.
Es en el esfuerzo de enriquecer el desarrollo turístico de Loíza que es necesario salvaguardar a los visitantes y asegurar que los negocios cumplen con todos los estándares requeridos en ley para este tipo de industria. Los cumplimientos de estos requerimientos no solo redundan en el beneficio de los comensales, o el gobierno, sino que los comerciantes podrán beneficiarse de las iniciativas promocionales y de mercadeo que ofrece la Compañía de Turismo de Puerto Rico.
En virtud de lo anterior, los autores de la R.C. del S 21 entienden necesario que la Compañía de Turismo en virtud de la Ley Núm. 113-2020, que en el proceso de creación de los planes de mercadeo y promoción de rutas o zonas turísticas exija que los negocios cumplan con todos los requisitos legales.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, como parte de la evaluación de la R.C. del S. 21 solicitó memoriales explicativos al Municipio de Loíza, y la Compañía de Turismo de Puerto Rico ("CTPR").
El Municipio de Loíza endosó la aprobación de la R.C. del S. 21. En su ponencia destaca que el Comité que se crea por virtud de la Ley 113-2020 puede ser una herramienta que ayude a la implantación de esa ley, así como la implantación de la Ley 25-2018, la cual d Declara el tramo de la Carretera PR-187, entre losbarrios Piñones y Torrecilla Baja, como la "Ruta de la Tradición Loiceña", para promover el turismo gastronómico y el fortalecimiento de los pequeños comerciantes del área.
Por su parte, la Compañía de Turismo no se opuso a la aprobación de la medida. En su ponencia, reconoció que en los pasados años la agencia no conformó el Comité que ordena la Ley 113-2020. Esto, a pesar de que la CTPR reconoce que la implantación de la Ley 113-2020 puede tener un efecto positivo en el desarrollo del turismo para el Municipio de Loíza. Ahora bien, aclaramos que su nueva Directora Ejecutiva se comprometió con conformar el Comité. Además, recomendaron enmiendas a la Ley 113-2020 la cual esta Comisión estará evaluando para presentar legislación.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico certifica que la R. C. del S. 21 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico considera meritorio aprobar la R.C. del S. 21 a pesar del compromiso que existe de la CTPR de nombrar al Comité a la brevedad posible. Si bien es cierto que este compromiso de la nueva Directora Ejecutiva es importante, la realidad es que no se ha conformado el Comité por los pasados cuatro años. Con esta legislación nos aseguramos que así se haga.
Por todo lo antes expuesto, la Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación de la Resolución Conjunta del Senado 21 con enmiendas.
Respetuosamente sometido,
Hon. Marissa Jiménez Santoni
Presidenta
Comisión de Turismo y Recursos Naturales y AmbientalesDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.