(ENTIRILLADO ELECTRÓNICO) GOBIERNO DE PUERTO RICO 20 ma Asamblea 1 ra Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO R. del S. 36 5 de febrero de 2025 Presentada por el señor Sánchez Álvarez Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo un estudio abarcador y continuo una investigación exhaustiva en torno a de la conceptualización, financiamiento, programación, diseño, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva en Puerto Rico, así como, sobre las facilidades de estacionamiento y tránsito; seguridad de los sistemas viales; puentes y vías de acceso; estudio de la transportación; estudio de nuevos métodos de transporte estatal y local; obras públicas estatales, vías públicas; y facilidades de transportación marítima o aérea en la jurisdicción de Puerto Rico; igualmente, evaluar todo asunto que esté bajo la jurisdicción del Departamento de Asuntos del Consumidor de Puerto Rico y que incida o afecte, directa o indirectamente, al consumidor, en áreas, tales como, la fijación de precios, alquileres, tarifas, ofertas y calidad de productos; aspectos de competencia, monopolios, ventas a plazos, financiamientos y crédito; garantías, pesas y medidas; prácticas engañosas; anuncios y publicidad; servicios al consumidor brindados por el Gobierno y entidades privadas; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La transportación, las telecomunicaciones y los servicios públicos son pilares fundamentales para el desarrollo económico y la calidad de vida de Puerto Rico. El buen funcionamiento de la infraestructura relacionada a estas áreas impacta directamente la vida cotidiana de los puertorriqueños. Por ello, es esencial que los fondos públicos destinados a su construcción y mantenimiento se utilicen de manera efectiva, y que las entidades gubernamentales y privadas que proveen servicios relacionados a estas áreas operen ágil y responsablemente, teniendo como norte la satisfacción de los usuarios. De otra parte, protección de los derechos de los consumidores, a través del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), es una responsabilidad ineludible del Estado. Esta tarea se vuelve cada vez más compleja, ante los desafíos de un mercado que depende en gran medida de la tecnología. Sin embargo, es vital que, el DACO, ejerza responsabilidad de manera equilibrada, protegiendo vigorosamente los derechos de los consumidores, pero evitando desalentar el desarrollo de la actividad comercial, la cual genera empleos, capital privado, y recaudos que sufragan parte de los servicios que proveen otras entidades gubernamentales. Expuesto lo anterior, este Alto Cuerpo considera necesario y conveniente, ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio abarcador y continuo sobre los temas bajo su jurisdicción. Esto, con el propósito de velar por el buen desempeño de las entidades públicas y privadas concernidas y generar recomendaciones de políticas públicas que fomenten en el desarrollo socioeconómico de la Isla. Cabe indicar que, la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, se crea en virtud de la R. del S. 15, según aprobada el 16 de enero de 2025, y tiene inherencia sobre todo asunto o disposición contenida en la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, conocida como, "Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico"; Ley Núm. 33 de 25 de Mayo de 1972, según enmendada, conocida como, "Ley de la Comisión para la Seguridad en el Transito"; Ley 213-1996, según enmendada, conocida como, "Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico de 1996", la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico"; así como, en el de toda ley o reglamento que incida con las materias antes descritas. Además, tiene autoridad para velar por la conceptualización, financiamiento, programación, diseño, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva en Puerto Rico, así como sobre las facilidades de estacionamiento y tránsito; seguridad de los sistemas viales; puentes y vías de acceso; estudio de la transportación; estudio de nuevos métodos de transporte estatal y local; obras públicas estatales, vías públicas; y facilidades de transportación marítima o aérea. Finalmente, abarca todo asunto que esté bajo la jurisdicción del Departamento de Asuntos del Consumidor de Puerto Rico y que incida o afecte, directa o indirectamente, al consumidor, en áreas, tales como, la fijación de precios, alquileres, tarifas, ofertas y calidad de productos; aspectos de competencia, monopolios, ventas a plazos, financiamientos y crédito; garantías, pesas y medidas; prácticas engañosas; anuncios y publicidad; servicios al consumidor brindados por el Gobierno y entidades privadas. Con las disposiciones contenidas en esta Resolución, el Senado de Puerto Rico cumple con su rol constitucional de fiscalizar el adecuado funcionamiento de la estructura gubernamental, para que esta sirva a los mejores intereses de los ciudadanos. RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO: Sección 1.- Ordenar Se ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo un estudio abarcador y continuo en torno a una investigación exhaustiva de la conceptualización, financiamiento, programación, diseño, construcción y uso de los sistemas viales y de transportación colectiva en Puerto Rico, así como, sobre las facilidades de estacionamiento y tránsito; seguridad de los sistemas viales; puentes y vías de acceso; estudio de la transportación; estudio de nuevos métodos de transporte estatal y local; obras públicas estatales, vías públicas; y facilidades de transportación marítima o aérea en la jurisdicción de Puerto Rico. Sección 2.- La Comisión podrá celebrar vistas públicas; citar funcionarios y testigos; requerir información, documentos y objetos; y realizar inspecciones oculares a los fines de cumplir con el mandato de esta Resolución. En adición a lo dispuesto en la Sección 1 que antecede, la Comisión evaluará todo asunto que esté bajo la jurisdicción del Departamento de Asuntos del Consumidor de Puerto Rico y que incida o afecte, directa o indirectamente, al consumidor, en áreas, tales como, la fijación de precios, alquileres, tarifas, ofertas y calidad de productos; aspectos de competencia, monopolios, ventas a plazos, financiamientos y crédito; garantías, pesas y medidas; prácticas engañosas; anuncios y publicidad; servicios al consumidor brindados por el Gobierno y entidades privadas. Sección 3.- La Comisión deberá rendir un informe con sus hallazgos, recomendaciones y conclusiones en un término de ciento ochenta (180) días, luego de la aprobación de esta Resolución. Conforme a lo dispuesto en la R. del S. 15, según aprobada el 16 de enero de 2025, la Comisión tendrá jurisdicción sobre todo asunto o disposición contenida en la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, conocida como, "Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico"; Ley Núm. 33 de 25 de Mayo de 1972, según enmendada, conocida como, "Ley de la Comisión para la Seguridad en el Transito"; Ley 213-1996, según enmendada, conocida como, "Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico de 1996", la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico"; así como, en el de toda ley o reglamento que incida con las materias antes descritas. Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente luego de su aprobación. Se autoriza a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, a celebrar vistas públicas, reuniones ejecutivas o inspecciones oculares dirigidas a atender y escuchar a los ciudadanos sobre sus experiencias en la contratación de servicios de mejoras y construcción de residencias y comercios, instalaciones y reparaciones eléctricas y de plomería, impermeabilización de techos y todo tipo de servicio al hogar y comercios, y estudio del problema del efecto de la legislación federal en el alto costo de la vida en Puerto Rico. Sección 5.- La Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor le rendirá informes periódicos al Senado de Puerto Rico, sobre sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de este estudio, y deberá presentar un informe final, antes de que finalice el término de la Vigésima Asamblea Legislativa. Sección 6.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.