GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma Asamblea 1ra Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. C. del S. 23
INFORME POSITIVO
19 de junio de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del R.C. del S. 23.
ALCANCE DE LA MEDIDA
La Resolución Conjunta del Senado 23 tiene como propósito principal requerir a la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de Puerto Rico a desarrollar e implementar planes de mercadeo, promoción y apoyo dirigidos a los municipios que integran el Distrito Senatorial de Guayama. Esta medida reconoce la necesidad de fomentar el desarrollo turístico en la región como estrategia de impulso económico y fortalecimiento cultural, considerando el potencial significativo que poseen estos municipios en cuanto a recursos naturales, históricos, culturales y gastronómicos.
El Distrito Senatorial de Guayama está compuesto por los municipios de Aibonito, Arroyo, Barranquitas, Cayey, Cidra, Coamo, Comerío, Corozal, Guayama, Juana Díaz, Naranjito, Orocovis, Salinas, Santa Isabel y Villalba. En aquellos municipios donde ya existen oficinas de turismo municipales, se promoverá el fortalecimiento de sus capacidades mediante apoyo técnico y promocional. Mientras, en los municipios que aún no cuentan con estas oficinas, se brindará asistencia estratégica para su creación y desarrollo, asegurando así una planificación turística uniforme y efectiva a través del distrito.
La medida dispone que la promoción de estas iniciativas se lleve a cabo a través de múltiples canales de comunicación, tales como redes sociales, radio, televisión, plataformas digitales, muelles y aeropuertos, con el fin de garantizar un alcance efectivo a nivel local e internacional. Asimismo, se ordena que la Oficina de Turismo rinda informes trimestrales al Senado de Puerto Rico sobre el progreso y los resultados obtenidos, lo cual permitirá dar seguimiento adecuado a la implementación de las estrategias adoptadas. El alcance de esta medida abarca el fortalecimiento institucional municipal, la promoción multicanal del turismo regional, el desarrollo económico a través de la industria turística, y la fiscalización periódica de los esfuerzos mediante informes al cuerpo legislativo.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, como parte de la evaluación del P. del S. 296 solicitó memoriales explicativos a la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico, la Federación de Alcaldes de Puerto Rico, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, la Compañía de Turismo y a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa.
Departamento de Desarrollo Económico y Comercio
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) reconoció la importancia del turismo como motor clave para el desarrollo económico de Puerto Rico, y validó el interés de la Resolución Conjunta del Senado 23 en apoyar el potencial turístico de los municipios del Distrito Senatorial de Guayama. No obstante, la agencia aclaró que las funciones solicitadas por la medida específicamente el diseño e implementación de planes de mercadeo, promoción y apoyo técnico a oficinas municipales de turismo no recaen actualmente en la Oficina de Turismo del DDEC, sino en la Compañía de Turismo de Puerto Rico, entidad que aún opera como corporación pública independiente.
El DDEC explicó que, si bien la Ley 141-2018 dispuso la eventual consolidación de la Compañía de Turismo bajo su estructura, dicha integración no ha sido formalizada. En virtud de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Orgánica de Turismo, la Compañía de Turismo continúa operando como una entidad operacional autónoma, encargada de las funciones de promoción y planificación turística en coordinación con los municipios. Por tanto, cualquier plan relacionado con el desarrollo de turismo municipal, como los propuestos por esta resolución, debe ser canalizado directamente a través de dicha entidad.
En este sentido, el DDEC manifestó su disposición a colaborar en el marco de sus competencias, pero brindará deferencia a la ejecución práctica de los objetivos de esta medida a la Compañía de Turismo. La agencia destacó que no cuenta actualmente con la estructura ni con el personal operativo en su Oficina de Turismo para asumir el nivel de intervención directa que la medida requiere, particularmente en lo relativo a asistencia técnica para la creación de oficinas municipales de turismo o la ejecución de campañas promocionales multicanales.
A pesar de estas limitaciones, el DDEC reiteró su compromiso con el desarrollo económico regional y expresó apoyo a iniciativas que fomenten la descentralización de esfuerzos turísticos y el fortalecimiento de los recursos municipales. La agencia exhortó a que cualquier asignación de funciones o responsabilidades adicionales se acompañe de una evaluación clara de los recursos fiscales, humanos y logísticos necesarios para su ejecución efectiva, a fin de evitar duplicidad de funciones o carga administrativa sin respaldo presupuestario.
Compañía de Turismo
La Compañía de Turismo de Puerto Rico (en adelante "CTPR") expresó su respaldo general a la intención de la Resolución Conjunta del Senado 23, destacando que la misma es cónsona con su misión institucional de promover el desarrollo turístico más allá del área metropolitana. La agencia indicó que actualmente está inmersa en iniciativas para fortalecer las estructuras regionales y fomentar la equidad en el desarrollo turístico entre las distintas regiones de la Isla, alineadas con la política pública del Gobierno de Puerto Rico y con los objetivos establecidos en la Ley Núm. 10-1970.
La CTPR como corporación pública adscrita al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), ha mantenido su operación como entidad autónoma encargada de coordinar esfuerzos entre los municipios y fiscalizar proyectos turísticos. A tales efectos, señaló que ya cuenta con directores regionales, oficinas de planificación y desarrollo y personal destacado en las regiones que trabajan activamente con los municipios del Distrito Senatorial de Guayama para el fortalecimiento de sus estructuras turísticas y comerciales.
No obstante, la Compañía enfatizó la necesidad de evitar duplicidad de funciones con el DDEC u otras agencias a través de la implementación de una mesa de trabajo interagencial, donde participen la CTPR, el DDEC y los gobiernos municipales. Esta coordinación permitiría armonizar esfuerzos, garantizar un plan integral de turismo regional y asegurar que las estrategias respondan a las realidades y necesidades locales de los quince municipios del distrito.
La CTPR reconoció que la medida representa una oportunidad concreta para estimular la economía regional y descentralizar los beneficios de la industria turística. Destacó además que, bajo la dirección de su Junta y su Directora Ejecutiva, mantiene una comunicación constante con alcaldes, legisladores y comerciantes interesados en el desarrollo del sector. Sin embargo, subrayó que el éxito de la iniciativa dependerá de que se canalicen los esfuerzos mediante un esquema de coordinación efectiva, sin imponer cargas administrativas adicionales, más aún de no contar con los recursos pertinentes. La Compañía de Turismo manifestó su disposición a colaborar activamente con el Senado y las entidades concernidas para el desarrollo de los planes propuestos por la medida, reafirmando su compromiso con la transformación económica de las regiones a través del turismo.
Asociación De Alcaldes de Puerto Rico
La Asociación de Alcaldes de Puerto Rico (en adelante la "Asociación") reconoce la medida que nos ocupa como una iniciativa alineada con la responsabilidad del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) de fortalecer la industria turística y maximizar el aprovechamiento de los recursos turísticos disponibles en los municipios del Distrito Senatorial de Guayama.
La Asociación coincidió con los propósitos de la medida al destacar que el turismo representa una oportunidad clave para el desarrollo económico local. De igual manera, hace constar la Asociación que los ayuntamientos del Distrito Senatorial de Guayama poseen una riqueza natural y cultural significativa que tiene el potencial de convertirlos en destinos de interés para visitantes locales e internacionales. Apoyaron expresamente que los esfuerzos de promoción se realicen mediante plataformas (redes sociales, radio, televisión, plataformas digitales, muelles y aeropuertos) y enfatizaron la importancia de establecer estrategias coordinadas para garantizar el impacto efectivo de dichas campañas.
De igual forma, la Asociación respaldó la disposición contenida en la medida sobre brindar asistencia técnica y estratégica a los municipios que no cuenten con oficinas de turismo, con el objetivo de permitirles participar activamente en la planificación, desarrollo y promoción de proyectos turísticos. No obstante, la organización recomendó que los informes trimestrales requeridos por la Resolución al DDEC no solo se presenten ante el Senado de Puerto Rico, sino que también sean remitidos directamente a los municipios del distrito, como mecanismo de transparencia y retroalimentación.
En términos generales, la Asociación expresó su respaldo a la Resolución Conjunta del Senado 23, endosando sus objetivos y reiterando su disposición a colaborar con la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico en la implementación de esta medida. Subrayaron que el fortalecimiento del turismo regional requiere una visión coordinada entre el gobierno central y los gobiernos municipales, así como el reconocimiento del rol esencial que juegan los alcaldes y sus equipos de trabajo en la identificación de oportunidades y el diseño de iniciativas efectivas de desarrollo local.
Federación de Alcaldes de Puerto Rico
La Federación de Alcaldes de Puerto Rico (en adelante la "Federación") destacó que la Resolución Conjunta del Senado 23 representa una herramienta clave para el fortalecimiento del desarrollo económico en los municipios del Distrito Senatorial de Guayama, particularmente mediante el turismo. La Federación resaltó que, a pesar del alto potencial turístico de esta región basado en su riqueza cultural, histórica, gastronómica y natural, su crecimiento se ha visto limitado por la escasa promoción y por deficiencias en infraestructura estratégica, tales como accesos viales, centros de información turística y conectividad con plataformas digitales.
No obstante a lo antes mencionado, la Federación condicionó su apoyo al hecho de que se garantice la asignación de recursos económicos suficientes que permitan a los municipios cumplir con las nuevas funciones que la medida les delega, sin comprometer su capacidad operativa ni asumir cargas fiscales no respaldadas. Citando el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020), la Federación enfatizó que los municipios tienen la capacidad legal para administrar funciones turísticas, pero que esa facultad debe ir acompañada de fondos estatales y/o federales que aseguren su implementación y sostenibilidad. De igual forma, recomendó la adopción de metodologías modernas de recopilación de datos turísticos, incluyendo encuestas a visitantes, análisis de plataformas de reservas, integración de sensores de tráfico y uso de herramientas de geolocalización. Estas medidas permitirían mejorar la planificación, maximizar el potencial de desarrollo de cada municipio y asegurar que los esfuerzos promocionales se alineen con las necesidades y patrones reales de los turistas. En ese contexto, municipios como Guayama, Salinas, Arroyo y Santa Isabel fueron señalados como ejemplos de localidades con grandes atractivos naturales y culturales que podrían beneficiarse de una inversión estratégica en infraestructura y promoción. Asimismo, se mencionó que Coamo, con sus aguas termales, posee un potencial significativo para el turismo de bienestar.
En conclusión, la Federación manifestó su respaldo a la Resolución Conjunta del Senado 23 y reafirmó su disposición a colaborar con la Comisión en la evaluación e implementación de la medida, "siempre y cuando se acompañe de una asignación presupuestaria que garantice su ejecución efectiva", junto con aquellos mecanismos de transparencia y estructuras de rendición de cuentas que garanticen la utilización efectiva de los fondos destinados al desarrollo turístico regional.
IMPACTO FISCAL
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (en adelante "OPAL") emitió el Informe 2025-021 en el cual concluye que la aprobación de la Resolución Conjunta del Senado 23 no tendría un impacto fiscal sobre el Fondo General del Gobierno de Puerto Rico. Según el análisis de OPAL, los requerimientos contenidos en la medida que instruyen a la Oficina de Turismo del DDEC a desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo para los municipios del Distrito Senatorial de Guayama pueden ser ejecutados utilizando los recursos existentes, sin requerir una asignación presupuestaria adicional ni una enmienda al gasto público vigente.
El informe destaca que las funciones descritas en la Resolución se encuentran dentro del ámbito de los deberes ministeriales ya conferidos a la Compañía de Turismo no representan una ampliación extraordinaria de funciones que justifiquen un impacto fiscal directo. OPAL reconoce que la medida incluye disposiciones sobre la creación de oficinas de turismo municipales y la asistencia técnica para su desarrollo, así como la promoción mediante redes sociales, radio, televisión, plataformas digitales, muelles y aeropuertos y la entrega de informes trimestrales al Senado de Puerto Rico.
No obstante, OPAL advierte que el análisis no contempla el efecto fiscal de la implementación de los planes de trabajo específicos que puedan resultar de la ejecución de la medida. Es decir, aunque la Resolución no requiere nuevos fondos para su aprobación, los proyectos derivados como la creación de nuevas oficinas municipales, campañas de mercadeo regional o inversiones en infraestructura turística podrían representar costos futuros para las entidades gubernamentales involucradas, lo cual dependerá de su alcance y escala.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales certifica que el R. C. del S. 23 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico considera meritorio aprobar la R. C. del S. 23. Los municipios que componen el Distrito Senatorial de Guayama cuentan con una diversidad de recursos naturales, culturales e históricos que representan un gran potencial para el desarrollo turístico. Es necesario que el Gobierno de Puerto Rico, mediante su estructura institucional, establezca mecanismos estratégicos que permitan apoyar a estas jurisdicciones en la promoción de sus activos y en la planificación de proyectos turísticos de impacto económico y comunitario. Considerando que esta medida no conlleva impacto fiscal para el Fondo General y que cuenta con el respaldo de las principales entidades gubernamentales y asociaciones municipales concernidas, entendemos meritorio recomendar la aprobación de la R. C. del S. 23.
Por todo lo antes expuesto, la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación de la Resolución Conjunta del Senado 23 sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
Hon. Marissa Jiménez Santoni
Presidenta
Comisión de Turismo, Recursos Naturales
y AmbientalesDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.