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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma.	 Asamblea                                                                                                      1ra. Sesión
         Legislativa		       							      Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 44
 12 de febrero de 2025
Presentada por el señor Santos Ortiz 
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes", el estado de las facilidades deportivas estatales y municipales, la utilización de fondos asignados para reconstrucción y reparación, los recursos disponibles para el desarrollo de nuevas facilidades y para otros fines. 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 8-2004, conocida como la "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes", reconoce la recreación y el deporte como derecho esencial para la salud, el bienestar y el desarrollo integral de la ciudadanía. Esta pieza legislativa asigna al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) la responsabilidad de diseñar, promover, regular y fiscalizar estas actividades, garantizando su acceso a toda la población, en especial a comunidades vulnerables y personas con discapacidades.
Para cumplir con estos objetivos, la Ley fomenta la participación comunitaria y la colaboración con organizaciones privadas y benéficas. A través del Instituto Puertorriqueño para el Desarrollo del Deporte y Recreación, se brinda apoyo técnico y organizacional a entidades que promueven estas actividades. Además, se establece un Registro Público de Entidades Deportivas y Recreativas, obligatorio para organizaciones que gestionen programas, especialmente aquellos dirigidos a menores o que involucren deportes de alto riesgo.
Asimismo, la Ley requiere que quienes administren programas deportivos o recreativos en instalaciones públicas cumplan con requisitos de acreditación y seguridad. La Comisión de Seguridad en la Recreación y el Deporte es responsable de clasificar actividades riesgosas, supervisar reglamentos específicos y garantizar el cumplimiento de estándares de seguridad.
Sin embargo, en los últimos años han surgido preocupaciones sobre la implementación de esta política pública, especialmente tras los desastres naturales que han afectado como huracanes y terremotos. Ante estos eventos, se han destinado múltiples fondos para la rehabilitación de instalaciones deportivas y recreativas, pero persisten dudas sobre su uso y desembolso adecuado.
Debido al impacto de la recreación y el deporte en el bienestar social y considerando la crisis fiscal que aún enfrenta la Isla, es fundamental garantizar que las entidades encargadas de administrar los fondos cumplan con las regulaciones y que los fondos asignados se utilicen de manera eficiente.
Es fundamental realizar la presente investigación para evaluar el cumplimiento de la Ley 8-2004, la administración y utilización de los fondos, los recursos disponibles para el desarrollo de actividades recreativas y deportivas. Este análisis permitirá fortalecer la política pública y garantizar su transparencia y eficacia en los años venideros.

RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO: 


Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes", el estado de las facilidades deportivas estatales y municipales, la utilización de fondos asignados para reconstrucción y reparación, los recursos disponibles para el desarrollo de nuevas facilidades y para otros fines. 
Sección 2.- La Comisión rendirá un informe que contenga sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, dentro de ciento ochenta (180) días, después de aprobada esta Resolución.
Sección 3.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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