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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 337

INFORME POSITIVO

20 de mayo de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto del Senado 337, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo el Informe Positivo de la presente medida, con enmiendas contenidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 337, tiene como objetivo enmendar los artículos 9 y 10, añadir unos nuevos artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, y reenumerar los actuales artículos del 13 al 35, como los artículos del 20 al 42, respectivamente, en la Ley 171-2014, según enmendada, mediante la cual, entre otras cosas, se establece el Programa de Desarrollo de la Juventud, como parte integral de la estructura del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, a los fines de consolidar en dicha Ley, aquellos otros deberes y funciones, que le fueran conferidas mediante diversas leyes adicionales; hacer correcciones técnicas, en consideración al estado de derecho que rige actualmente; derogar la Ley Núm. 22 de 20 de mayo de 1987, según enmendada, conocida como “Ley de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña”, la Ley 35-2003, según enmendada, a través de la cual se conceden préstamos a jóvenes para cursar estudios técnicos y vocacionales o para iniciar un negocio propio, la Ley 418-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Cooperación Mutua de Investigación y Estudios sobre la Juventud”, la Ley 503-2004, según enmendada, conocida como “Ley para crear la Cumbre Anual de la Juventud Puertorriqueña (CAJUP)”, la Ley 191-2008, según enmendada, conocida como “Guía de Servicios para el Joven”, la Ley 1-2010, según enmendada, mediante la cual se crea el “Programa de Internados en Política Pública Carlos Romero Barceló”, y la Ley 36-2014, conocida como “Ley de la Primera Oportunidad de Empleo Juvenil en Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

La juventud puertorriqueña es el motor del presente y el futuro de Puerto Rico. El proyecto del Senado 337 propone consolidar la legislación vigente destinada a los asuntos de la juventud e insertarla en la Ley 171-2014 que estableció el Programa de Desarrollo de la Juventud, adscrito al Departamento de Desarrollo, Económico y Comercio.

Desde hace años, iniciativas como la Cumbre Anual de la Juventud o la Medalla de la Juventud Puertorriqueña han demostrado su valor, pero su impacto se ha visto diluido por la falta de coordinación y recursos. Este proyecto no solo reconoce esos esfuerzos, sino que los fortalece al agruparlos bajo una misma estructura, garantizando que cada dólar invertido llegue más lejos y con mayor claridad.

Finalmente, la consolidación propuesta no solo optimiza recursos, sino que también facilita la participación ciudadana. Al centralizar la información y eliminar trámites redundantes, se eliminan barreras para que más jóvenes accedan a programas que puedan cambiar sus vidas. Este es el tipo de política pública que Puerto Rico necesita: una que una, simplifique y, sobre todo, transforme.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Juventud, Recreación y Deportes evaluó los propósitos y la intención legislativa del P. del S. 337, considerando los memoriales explicativos del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Departamento de Educación, Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), el informe fiscal de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Este análisis integral asegura que la medida no sea contraria al Plan Fiscal y que no comprometa la estabilidad financiera del gobierno.

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMERCIO (DDEC)

El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) respalda el Proyecto del Senado 337, que busca consolidar en la Ley 171-2014 siete leyes dispersas relacionadas con el programa de Desarrollo de la Juventud (PDJ). Entre estas se incluyen la Ley de la Medalla de la Juventud, la Ley de Préstamos para Estudios Técnicos y la Ley de la Cumbre Anual de la Juventud. El objetivo es simplificar procesos, eliminar duplicidades y centralizar los esfuerzos dirigidos a jóvenes de 13 a 35 años, fomentando su desarrollo educativo, emprendedor y laboral.

El PDJ, adscrito al DDEC, actualmente impulsa iniciativas como el Hackatón de Tecnología, la plataforma Juvempleo y talleres de alfabetización financiera, enfocadas en combatir la deserción escolar y la fuga de talentos. Sin embargo, el DDEC destaca que, para garantizar el éxito de la consolidación propuesta, es crítico asignar un presupuesto especifico y recursos humanos capacitados. En particular, señala la necesidad de fondos para la Cumbre Juvenil, la Guía de Servicios y el Programa de Internados, asegurando que estos no se conviertan en esfuerzos simbólicos sin impacto real.

Además, el DDEC recomienda solicitar análisis fiscales a la AAFAF y la OPAL para evaluar el impacto presupuestario, así como comprometer a otras agencias a incluir partidas especificas en sus presupuestos. Subraya que, sin una estructura financiera clara y sostenible, la medida podría quedarse en letra muerta, perdiéndose oportunidades valiosas para la juventud.

En conclusión, el DDEC valora la iniciativa como un paso hacia un gobierno más eficiente, pero insiste en que su efectividad dependerá de asignar recursos concretos y mantener una coordinación interagencial robusta. La inversión en la juventud, afirma, es inseparable del desarrollo económico de Puerto Rico, y este proyecto debe reflejar ese compromiso con acciones tangibles.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

El Departamento de Educación de Puerto Rico responde a la solicitud de la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado con un análisis del Proyecto del Senado 337, que busca consolidar en la Ley 171-2014 diversas leyes relacionadas con el desarrollo juvenil. Destaca que su misión constitucional, bajo el Articulo II, Sección 5 de la Constitución de Puerto Rico y la Ley 85-2018, es garantizar una educación pública que forme ciudadanos productivos y preparados para integrase al mercado laboral, lo que alinea con los objetivos del proyecto.

El Departamento reconoce como positiva la iniciativa de unificar en un solo marco legal programas dispersos, como la Ley de Cooperación Mutua de Investigación y estudios sobre la Juventud (Ley 418-2004), que promueve la colaboración interagencial. En particular, valora la creación del nuevo Artículo 15 en la Ley 171-2014, que establece un protocolo de cooperación entre el DDEC, el Departamento de educación y la Universidad de Puerto Rico para investigaciones y estudios sobre la juventud, con el fin de atender sus necesidades reales.

Como recomendación, el Departamento sugiere incluir al sector privado en el financiamiento de proyectos de investigación y en la representación de jóvenes en eventos competitivos, ampliando así los recursos disponibles. Esta propuesta busca fortalecer el impacto de las iniciativas juveniles mediante alianzas estratégicas que complementen los esfuerzos gubernamentales.

En conclusión, el Departamento de Educación no objeta el P. del S. 337 y reitera su compromiso de colaborar en su implementación, siempre que se mantenga el enfoque en la integración de esfuerzos y la optimización de recursos. Subraya la importancia de que estas políticas públicas se ejecuten con transparencia y eficacia, en beneficio de la juventud puertorriqueña.

INSTITUTO DE CULTURA PUERTORRIQUEÑA (ICP)

El Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) responde a la solicitud de la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes analizando el Proyecto del Senado 337, que busca consolidar diversas leyes juveniles en la Ley 171 -2014. El ICP reconoce el mérito de la medida al agrupar programas dispersos como la Ley de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña (Ley 22-1987), lo que permitirá una mejor rendición de cuentas y gestión del programa de desarrollo de la Juventud.

En su análisis, el ICP señala que su participación en el proyecto se limita a lo establecido en el Artículo 13 sobre la Medalla de la Juventud. Sin embargo, considera que estas disposiciones resultan redundantes, ya que el diseño de la medalla fue seleccionado previamente, por lo que no requiere nueva intervención del instituto en este aspecto.

El ICP manifiesta su deferencia hacia el DDEC como entidad principal responsable de la administración y desarrollo del Programa de Desarrollo de la Juventud. Considera que el DDEC posee el conocimiento necesario para evaluar adecuadamente los alcances operativos de la medida propuesta.

Finalmente, el ICP expresa que no tiene objeciones para favorecer el proyecto, destacando su disposición para colaborar en lo que sea requerido.

AUTORIDAD DE ASESORIA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL (AAFAF)

La Autoridad de asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) analiza el Proyecto del Senado 337, que propone consolidar en la Ley 171-2014 diversos programas juveniles actualmente dispersos en siete leyes diferentes. La AAFAF reconoce que esta medida busca mejorar la eficiencia administrativa, facilitar el acceso a servicios y optimizar la rendición de cuentas, alineándose con su rol de velar por el cumplimiento del Plan Fiscal certificado en junio 2024 y promover la sostenibilidad fiscal del Gobierno.

Desde la perspectiva financiera, la AAFAF señala que el proyecto no implica un impacto fiscal directo al consolidar programas ya existentes con asignaciones presupuestarias vigentes. Sin embargo, advierte que la medida establece nuevas responsabilidades para el DDEC, particularmente en coordinación interagencial, otorgamiento de préstamos y organización de eventos como la Cumbre Juvenil, lo que requiere evaluar la capacidad institucional y fuentes de financiamiento específicas, incluyendo posibles fondos federales o colaboraciones con el sector privado.

La AAFAF destaca que la consolidación propuesta cumple con los objetivos del Plan Fiscal y PROMESA al eliminar duplicidades y reducir cargas administrativas. No obstante, recomienda solicitar análisis complementarios al DDEC, Departamento de educación, y la OPAL para garantizar una implementación viable, así como requerir un informe de impacto detallado que evalúe los recursos necesarios para los nuevos mandatos.

En conclusión, la AAFAF apoya el tramite del P. del S. 337 sujeto a las consideraciones fiscales y programáticas expuestas, enfatizando la importancia de mantener la disciplina presupuestaria mientras se amplían oportunidades para la juventud.

OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (OPAL)

La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) evaluó el impacto fiscal del Proyecto del Senado 337, que propone consolidar diversos programas juveniles en la Ley 171-2014. El análisis determinó que la medida no tendrá efecto fiscal alguno sobre el Fondo General, ya que se trata de una reorganización técnica de disposiciones ya existentes en otras siete leyes, sin crear nuevas obligaciones monetarias.

La OPAL destaca que esta consolidación no modifica sustancialmente las funciones ni los presupuestos actuales de los programas, sino que los integra para mejorar su gestión y transparencia. En su evaluación, la OPAL explica que la naturaleza de la medida es armonizar legislación dispersa, no generar gastos adicionales. Al tratarse de una reordenación administrativa, no requiere asignaciones presupuestarias nuevas ni afecta las partidas ya aprobadas de los programas que se consolidan.

Finalmente, la OPAL concluye que el P. del S. 337 es fiscalmente neutro y compatible con los objetivos de eficiencia gubernamental. La medida simplifica la estructura normativa sin impactar las arcas públicas, cumpliendo así con el mandato de optimizar recursos mientras se fortalece la atención a la juventud puertorriqueña.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes del Senado de Puerto Rico, certifica que, el P. del S. 337 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

El Proyecto del Senado 337 es más que una reforma legal; es una apuesta al futuro de Puerto Rico. Al unificar programas dispersos, se crea un marco coherente y accesible para los jóvenes encuentren oportunidades reales de crecimiento, sin perderse en un laberinto de trámites burocráticos. Esta medida demuestra que, cuando la legislación se diseña con visión integral, los resultados trascienden el papel.

Los testimonios de las agencias revelan un consenso: la consolidación es necesaria y urgente. Sin embargo, el éxito dependerá de acompañar estas reformas con recursos concretos. No basta con simplificar leyes; hay que invertir en quienes las harán realidad. La juventud puertorriqueña merece más que buenas intenciones; merece herramientas tangibles para construir su futuro.

Por todo lo anterior, la Comisión de Juventud, Recreación y Deportes, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 337, con las enmiendas contenidas en el Entirillado Electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Rafael “Rafy” Santos Ortiz

Presidente

Comisión de Juventud, Recreación y Deportes

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