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(ENTIRILLADO ELECTRÓNICO)
GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 									1ra. Sesión 
         Legislativa									      Ordinaria


SENADO DE PUERTO RICO
R. C. del S. 25 
18 de febrero de 2025
Presentada por la señora Román Rodríguez
Referida a la Comisión de Gobierno

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la viabilidad de transferir al Municipio de Aguadilla, a título gratuito, la administración, mantenimiento, usufructo y la titularidad la transferencia mediante el mecanismo legal que resulte aplicable según lo dispuesto en dicha Ley, de los terrenos y estructuras del Parque Colón localizado en la Carr. 442 Ramal Interior 111 Aguada, Puerto Rico; perteneciente al Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La  de Cumplimiento con el Plan Fiscal, Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal" (en adelante, Ley 26-2017), creó el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (en adelante, Comité) mediante su Artículo 5.03. Por virtud de esta ley, el Comité ejercerá todas las facultades necesarias para la disposición de bienes inmuebles de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico. El Comité se crea para implementar la política pública del Gobierno de Puerto Rico de la mejor utilización de las propiedades inmuebles que no se estén utilizando por el Estado o estén en total desuso. 
La ley encomienda al Comité el deber de evaluar toda solicitud de compraventa, arrendamiento, u otra forma de traspaso de posesión, de propiedad inmueble de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico para asegurar que la transacción cumpla la Ley y todas las normas y reglamentos que sean aprobados por esta.
Por su parte, el Código Municipal de Puerto Rico, la Ley Núm. 107 de 14 de agosto de 2020,107-2020, según enmendada, conocida como Código Municipal de Puerto Rico (en adelante, Código Municipal) integró, organizó y actualizó las leyes que disponen sobre la organización, administración y funcionamiento de los municipios. El Código Municipal incrementó las facultades, libertad fiscal y libertad administrativa de los municipios en reconocimiento de la invaluable labor que desempeñan en la prestación de servicios a la ciudadanía. Para facilitarles la atención cabal de sus responsabilidades, se les concedió una serie de facultades jurídicas que incluyen la de recibir mediante transferencia gratuita el usufructo o uso de cualquier terreno o facilidad del Gobierno Estatal sus instrumentalidades y corporaciones públicas, que a juicio del Alcalde sea necesaria para cualesquiera fines públicos municipales; sujeto a que las leyes así lo autoricen y a la aprobación del Gobernador de Puerto Rico. El Código Municipal además dispone que la Asamblea Legislativa podrá transferir a un municipio, mediante Resolución Conjunta, el título de propiedad, usufructo o uso de cualquier terreno o facilidad del Gobierno Estatal, ya sea que lo sujete o no a condiciones. 
Lo que motiva la presente resolución es la titularidad de los terrenos y las estructuras del Parque Colón pertenecientes al Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico. En dicha finca se encuentran las facilidades deportivas y recreativas del Parque Colón ubicados en la Carr. 442 Ramal Interior 111 Aguada, Puerto Rico. En el año 1922, un grupo de visionarios decidió dar un paso histórico para la ciudad de Aguadilla, Puerto Rico. Los Caballeros de Colón, en conjunto con el Comité Pro-Parque Colón, iniciaron un arduo trabajo para crear un parque que no solo fuera un lugar de recreo, sino también un tributo al legado de uno de los grandes navegantes de la historia, Cristóbal Colón.
En 1925, un sueño comenzó a tomar forma en Aguadilla, Puerto Rico, cuando la Legislatura de Puerto Rico aprobó la construcción del Parque Colón y la reconstrucción del Monumento de la Cruz de Colón. La visión de un espacio público que honrara la historia de la isla y a su vez sirviera como un lugar de esparcimiento para la comunidad aguadillana se materializó gracias al esfuerzo conjunto de los ciudadanos y autoridades locales.
La construcción del parque comenzó con grandes expectativas y, en 1936, se completó el proyecto con un parque atlético, hermosos jardines y amplios paseos públicos. Sin embargo, no fue una tarea sencilla. En medio de los desafíos económicos y sociales de la época, la Comisión Pro-Parque Fundada por los aguadillanos colaboraron en la recaudación de los fondos para culminar la construcción. En 1944, el municipio consiguió una asignación de $31,000 para la reconstrucción del Parque Colón, lo que permitió continuar con el proceso de embellecimiento y preservación del espacio para beneficio de la comunidad. 
Desde 1936 hasta el presente, todos los alcaldes de Aguadilla han jugado un papel fundamental en la inversión y el desarrollo del Parque Colón. El actual alcalde de Aguadilla, el Honorable Julio Roldán Concepción señalo que, a lo largo de los años, el Municipio de Aguadilla se ha encargado de la construcción, reconstrucción, mantenimiento de sus instalaciones, así como de la gestión de servicios esenciales como el agua potable y la energía eléctrica. Asimismo, resaltó que el Municipio de Aguadilla se mantiene firme en su disposición de continuar asumiendo la administración, reafirmando su compromiso con el progreso y el bienestar de la comunidad. Se estima que el Municipio de Aguadilla ha invertido desde el 1936 al presente sobre $1,000 millones en este emblemático parque, consolidándose como un pilar de la comunidad y un símbolo de su historia y crecimiento. 
La transferencia, mediante el mecanismo aplicable, del Parque Colón a los aguadillanos le dará formalidad a lo que, durante años, ha sido parte del patrimonio de la comunidad de Aguadilla. El Municipio de Aguadilla ha dado inicio a una inversión de $7,000,000 con fondos provenientes de FEMA, destinada a la remodelación y transformación del Parque Colón. La administración municipal ya ha comenzado a restaurar diversas áreas del parque, incorporando arte urbano, impulsando el comercio local y llevando a cabo mejoras en el Parque de Pelota y en la Casa del Árbol.
Por las razones expuestas y en reconocimiento del valor patrimonial, cultural y social del Parque Colón, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico considera necesario ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles que, de conformidad con las disposiciones de la Ley 26-2017, según enmendada, y su reglamento, evalúe la transferencia del Parque Colón al Municipio de Aguadilla. Esto con el fin de que el municipio continúe con su desarrollo y transformación en beneficio de todos los aguadillanos y de los puertorriqueños.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, (en adelante, Comité) creado por la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia libre de costo ,mediante el mecanismo legal que resulte aplicable según lo dispuesto en dicha Ley, al municipio de Aguadilla (en adelante, Municipio), en adelante "el Municipio", de la administración, mantenimiento y usufructo de los terrenos y propiedades inmuebles del Parque Colón ubicado en la Carr. 442 Ramal Interior 111 Aguada, Puerto Rico y todas sus instalaciones y edificaciones, por parte del Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico (en adelante, Departamento)., en adelante, "el Departamento".
Sección 2.- El Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, así como cualquier otra agencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico a quien le competa, deberá cumplir con lo dispuesto con esta Resolución Conjunta evaluar la transacción propuesta y emitir una determinación en un término no mayor de noventa (90) días laborables calendario contados a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta. Si, al transcurso de dicho término, el Comité no ha emitido una determinación final, se entenderá por aprobada la transferencia propuesta, por lo que deberán iniciarse inmediatamente los procedimientos requeridos para la ejecución de la misma.
Sección 3.- De aprobarse la transferencia mediante el mecanismo legal que resulte aplicable según lo dispuesto la Ley 26-2017, según enmendada, El el terreno y la estructura descritos en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta serán transferidos en las mismas condiciones en que se encuentra al momento de aprobarse esta Resolución Conjunta sin que exista la obligación alguna del Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico de realizar ningún tipo de reparación o modificación con anterioridad a su traspaso al Municipio. a Ciudad de Aguadilla. 
Sección 4.- A partir del momento en que el Comité haya aprobado el traspaso descrito en la Sección 1 la transferencia mediante el mecanismo legal que resulte aplicable según lo dispuesto en la Ley 26-2017 y que se haya completado y/o perfeccionado toda la documentación y acuerdos requeridos entre el Departamento y el Municipio para perfeccionar dicho traspaso dicha transferencia, esta Resolución Conjunta quedará sin efecto si en el término improrrogable de un (1) año el Municipio de Aguadilla no asume activamente el rol que se le determine. la administración y el mantenimiento del Parque Colón.
Sección 5.- Las disposiciones de esta Resolución Conjunta son independientes y separadas unas de otras por lo que si algún tribunal, con jurisdicción y competencia, declarase inconstitucional, nula o inválida cualquiera de sus disposiciones, la determinación a tales efectos no afectará ni menoscabará la vigencia ni legalidad de las disposiciones restantes. 
Sección 6.- Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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