GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 51
18 de febrero de 2025
Presentada por el señor Rosa Ramos
Coautora la señora Álvarez Conde
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Agricultura y a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva para conocer y evaluar el estado actual y la ejecución de los programas de recuperación destinados a la industria agrícola.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El sector agrícola de Puerto Rico es fundamental para la seguridad alimentaria, la economía y la sostenibilidad ambiental de la isla. Tras eventos climáticos devastadores como el huracán María y la pandemia del COVID-19, este sector ha enfrentado retos sin precedentes que han afectado su capacidad productiva y su recuperación. Para asegurar la resiliencia del sector agrícola y maximizar el impacto de las ayudas destinadas a su recuperación, se hace imperativo que se lleve a cabo una investigación exhaustiva sobre el estado de situación y ejecución de los programas de recuperación para la industria agrícola.
Esta investigación se centrará en los siguientes aspectos: (1) estado de situación y ejecución de los programas de recuperación: se deberá evaluar la efectividad de los programas implementados, identificando posibles obstáculos en su ejecución, como la burocracia excesiva, la falta de acceso a la información o criterios de elegibilidad restrictivos. (2) desembolsos realizados de fondos por sector agrícola: analizará la distribución de los recursos destinados a la recuperación, identificando posibles disparidades entre los diferentes sectores agrícolas (e.g., ganadería, agricultura, pesca) y verificando si se ha priorizado el apoyo a las áreas con mayor necesidad. (3) cantidad de entidades e individuos beneficiarios: llevará a cabo un análisis detallado del alcance de los programas, identificando el número de agricultores, empresas y organizaciones que han recibido las ayudas, así como la existencia de grupos subrepresentados o con dificultades para acceder a los beneficios. (4) impacto en la industria de estos programas: evaluará el impacto real de los programas en la recuperación del sector, considerando factores como la creación de empleos, el aumento de la producción, la adopción de prácticas sostenibles y la mejora en la infraestructura agrícola. (5) métricas de implementación de estos programas: recopilarán datos cuantitativos y cualitativos para evaluar la eficiencia de los programas, incluyendo el tiempo de procesamiento de solicitudes, el nivel de satisfacción de los beneficiarios y el cumplimiento de las metas establecidas.
Esta investigación permitirá al Senado de Puerto Rico obtener una visión detallada sobre la efectividad de las medidas de recuperación implementadas en el sector agrícola. Con esta información, se podrán formular recomendaciones para optimizar la gestión de los programas existentes, identificar áreas de mejora y garantizar que las ayudas lleguen a quienes más las necesitan.
Así las cosas, entendemos meritorio ordenar a la Comisión de Agricultura; y a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación para poder identificar posibles irregularidades, evaluar el impacto económico y social de las políticas actuales, y proponer soluciones viables que favorezcan el desarrollo sostenible del sector agrícola en la isla.
RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Agricultura y la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva para conocer y evaluar el estado actual y la ejecución de los programas de recuperación destinados a la industria agrícola.
Sección 2.- Las comisiones podrán celebrar vistas públicas y requerir la comparecencia de funcionarios y testigos; requerir información, documentos y realizar inspecciones oculares con el fin de recopilar información precisa y actualizada; y cumplir con el mandato de esta Resolución.
Sección 3.- Las comisiones deberán rendir un informe detallado con los hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término de ciento ochenta (180) días a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.