Qué propone
Establece que los hijos menores de edad de policías activos fallecidos recibirán el cien por ciento (100%) de la pensión que le hubiese correspondido al agente, hasta que cumplan dieciocho (18) años o veintiún (21) si están matriculados en una institución educativa. Aplica independientemente del motivo del fallecimiento y se financiará con los fondos acumulados por el propio agente en su sistema de retiro.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado el 19 de enero de 2026, aparece en Primera Lectura de la Cámara y referido a las Comisiones de Seguridad Pública; y de Hacienda.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Inicia sesión para comentar y reaccionar.
Sé el primero en compartir tu opinión sobre esta medida.