Para establecer la “Ley para el Permiso Especial de Construcción de Hogares Verdes”; disponer política pública, establecer el alcance e interpretación con otras leyes y reglamentos; para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, mejor conocida como la “Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico”; para enmendar el Artículo 1.5 y añadir un nuevo Artículo 8.17 a la Ley 161-2009, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; y para enmendar los Artículos 6.007, 6.026, 6.028 y 8.001 de la Ley 107-2020, según enmendada, mejor conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”; a fin de establecer una alternativa razonable, luego de cumplir con estrictos requisitos, para permitir la lotificación y construcción de residencias que no representen impacto a las utilidades del Estado, y que a su vez permitan el desarrollo de viviendas para nuestra gente en lugares asequibles económicamente, siendo ecológicamente responsables y cercanos a sus comunidades y entorno social, entre otras cosas.
Medida·Cámara·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Enmienda varias leyes para permitir la construcción de hogares verdes en suelos rústicos comunes con estrictos requisitos. Autoriza a la Oficina de Gerencia de Permisos, Municipios y Profesionales Autorizados a expedir permisos especiales bajo estos parámetros.
Pros
•Permite construir hogares autosuficientes y resilientes en áreas rurales, reduciendo la dependencia del Estado y promoviendo comunidades sostenibles.
•Facilita el acceso a vivienda digna y asequible para familias puertorriqueñas, abordando la crisis de vivienda en Puerto Rico.
•Establece un permiso especial que permite la lotificación y construcción de hasta 7 solares por residencia unifamiliar, con requisitos estrictos de sostenibilidad.
•Flexibiliza la segregación para construir hogares verdes en suelos rústicos comunes, permitiendo el desarrollo de vivienda a precios razonables.
Contras
•Requiere cumplir con varios requisitos estrictos que podrían ser costosos y complicados para los solicitantes.
Puede limitar la flexibilidad en la construcción de hogares verdes, ya que establece parámetros específicos sobre el acceso a servicios básicos y el diseño de las residencias.
•Afecta a suelos rústicos comunes, potencialmente reduciendo la protección ambiental de estos terrenos.
•Puede generar conflictos con otras leyes y reglamentos, ya que establece una excepción para este permiso especial.
Intereses en juego
Beneficia a:
Familias puertorriqueñas que buscan vivienda asequible y sostenible; y los municipios que podrían desarrollar comunidades rurales.
Preocupa a:
Intereses ambientalistas que preocupan por la protección de suelos rústicos comunes, y empresas inmobiliarias que podrían ver limitadas sus operaciones.
Quién paga o decide:
El Gobierno de Puerto Rico a través de la Oficina de Gerencia de Permisos, la Junta de Planificación y los Municipios con Jerarquía I a III, quienes tendrán 90 días para redactar y aprobar las enmiendas necesarias.
En qué va
Presentado el 5 de febrero de 2026, apareció en Primera Lectura de la Cámara el 9 de febrero de 2026 y fue referido a la Comisión de Desarrollo Económico. Se realizó una vista pública el 19 de marzo de 2026.
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