Qué propone
Enmienda la Ley 161-2009 para establecer requisitos más claros sobre cómo se pueden impugnar permisos otorgados a proyectos estratégicos. Deroga el inciso (e) del Artículo 6.007 de la Ley 107-2020, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”. Introduce que cualquier persona natural o jurídica que pretenda impugnar un permiso debe alegar un daño inminente y pagar una fianza para cubrir los gastos de paralización. Establece plazos y condiciones específicas para estos recursos extraordinarios.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado el 18 de mayo de 2026 y aparece en Primera Lectura de la Cámara, referido a Comisión(es) Asuntos Municipales.
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