Qué propone
Enmienda el Artículo 26.060 del Código de Seguros de Salud de Puerto Rico para establecer que la responsabilidad de la coordinación de beneficios es una mancomunadamente compartida entre las organizaciones de seguros de salud o aseguradores, sus intermediarios y los proveedores participantes. También añade alternativas para presentar querellas administrativas a los pacientes, asegurados o consumidores en el Artículo 17 de la Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada por la Cámara de Representantes el 16 de marzo de 2026 y remitida al Senado.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
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