Qué propone
Enmienda el Artículo 1727 del Código Civil de Puerto Rico para reducir el plazo de cinco meses a noventa días laborables para que la Universidad de Puerto Rico exprese su interés en una propiedad declarada estorbo público. Añade un inciso H al Artículo 12 de la Ley Núm. 1 de 1966, conocida como 'Ley de la Universidad de Puerto Rico', y enmenda el Artículo 4.009 del Código Municipal para establecer uniformidad en el proceso de notificación y reclamación de interés institucional.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada por la Cámara de Representantes el 14 de enero de 2026 y remitida al Senado, donde está pendiente de informe.
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