Para enmendar la Ley Núm. 12 de 12 de diciembre de 1966, según enmendada, conocida como la “Ley de Seguros Agrícolas de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a la Corporación de Seguros Agrícolas de Puerto Rico a establecer un mecanismo de compensación extraordinaria para agricultores que sufran pérdidas significativas no cubiertas por las pólizas del seguro agrícola vigente, en circunstancias excepcionales; y para otros fines relacionados.