Qué propone
Enmienda el inciso (f) del Artículo 4 de la Ley 266-2004 para prohibir que una persona incluida en el registro establezca su residencia a una distancia de mil (1,000) pies o menos de la residencia de la víctima o de los testigos del caso; y también de alguna escuela elemental, intermedia o superior o establecimiento de cuidado de niños debidamente certificados o licenciados por las agencias pertinentes.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada por la Cámara el 4 de septiembre de 2025 y remitida al Senado.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Inicia sesión para comentar y reaccionar.
Sé el primero en compartir tu opinión sobre esta medida.