Qué propone
Enmienda el Artículo 2-119 del Capítulo II de la Ley Núm. 447 del 15 de mayo de 1951, para permitir que los participantes diagnosticados con una condición terminal o catastrófica accedan a sus aportaciones acumuladas sin necesidad de separarse del servicio público.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Aprobada en el Senado el 26 de marzo de 2026 y pendiente de acción posterior en la Cámara.
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