Para enmendar los artículos 5.16 (b) y 6.06 (a) de la Ley Núm. 247-2004, según enmendada, con el fin de prohibir la venta de bebidas alcohólicas, cigarrillos o cigarros en los establecimientos de farmacia en Puerto Rico; imponer sanciones administrativas y penalidades; y para otros fines.