Qué propone
Enmienda el Artículo 1. 18 de la Ley Núm. 103 de 25 de mayo de 2006 para que en aquellos casos en que cualquiera de las ramas del Gobierno, sus agencias, corporaciones públicas, instrumentalidades o municipios determinen llevar a cabo campañas publicitarias, deberán invertir al menos cinco por ciento (5%) de las partidas asignadas a estos fines contratando los servicios de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado en la Cámara de Representantes el 12 de noviembre de 2025 y referido a la Comisión de Gobierno.
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