Qué propone
Enmienda el Artículo 1.033 del Código Municipal de Puerto Rico para aumentar de cinco (5) a diez (10) días anuales las licencias especiales con paga y sin paga disponibles para los Legisladores Municipales que sean empleados públicos o privados, para asistir a sesiones legislativas y cumplir con sus deberes. Estas licencias no son acumulables.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado el 29 de enero de 2026, apareció en Primera Lectura del Senado y fue referido a Comisión(es) el 2 de febrero de 2026.
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