Qué propone
Enmienda los Artículos 5 de la Ley 182-1996 y el Artículo 3 de la Ley 209-2016 para establecer que ante la suspensión o cancelación de eventos públicos, culturales, artísticos, recreativos y/o turísticos, los consumidores tendrán derecho al reembolso total del boleto y cualquier cargo adicional, dentro de un término no mayor a 15 días. Asimismo, exige que el promotor informe claramente sobre el evento y ofrezca siete días para solicitar el reembolso.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado el 5 de febrero de 2026, apareció en Primera Lectura del Senado el 9 de febrero de 2026 y fue referido a Comisión(es) el mismo día.
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