Qué propone
Enmienda el Artículo 13 de la Ley Núm. 94 de 1977 para tipificar como delito grave la operación clandestina de establecimientos para personas de edad avanzada sin licencia, estableciendo penas severas y agravantes específicas. Introduce consecuencias accesorias, incluyendo el decomiso de bienes e inhabilitación, y permite la aplicación supletoria del Código Penal.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado el 9 de enero de 2026, apareció en Primera Lectura del Senado el 12 de febrero de 2026 y fue referido a Comisión(es).
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