Qué propone
Enmienda el Artículo 3.012 del Código Municipal de Puerto Rico para limitar la responsabilidad solidaria de los adquirientes voluntarios e involuntarios en las deudas por concepto de cuotas de mantenimiento, a un término determinado. Establece que el adquirente voluntario será solidariamente responsable hasta el momento de la transmisión y durante el corriente año y cinco años previos. Este cambio aplica a toda propiedad inmueble sujeta al Código Municipal.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado el 18 de febrero de 2026 y aparece en Primera Lectura del Senado, referido a Comisión(es).
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
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