Qué propone
Enmienda la Ley 58-2020 para regular la difusión de medios sintéticos en comunicaciones electorales. Define términos como ‘medio sintético’ y ‘medio sintético materialmente engañoso’. Establece que toda comunicación electoral con contenido generado por inteligencia artificial debe incluir una divulgación clara, prohibe la difusión de medios sintéticos engañosos durante períodos electorales protegidos y crea un procedimiento expedito para querellas ante la Comisión Estatal de Elecciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado en la 20ma. Asamblea Legislativa, 3ra. Sesión Ordinaria, Senado de Puerto Rico, y aparece en Primera Lectura del Senado el 26 de marzo de 2026, referido a Comisión(es).
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