Para crear el Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico;
añadir la sub-claúsula (i) a la Cláusula (A), del Subinciso (1) del Inciso (b) del
Artículo 3 de la Ley Núm. 147 de 18 de junio de 1980, según enmendada y
conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto”, para
delegar el establecimiento y la administración del Fondo de Proyectos de Capital
Público del Gobierno de Puerto Rico, delimitar su alcance, deberes, obligaciones
y facultades, en la Oficina de Gerencia y Presupuesto; y para otros fines
relacionados.
Medida·Senado·Sesión 2025-2028
Recorrido
Radicada→En comisión→Aprobada→Ley
🤖 Resumen en lenguaje sencillo▾
Qué propone
Crea un Fondo de Proyectos de Capital Público del Gobierno de Puerto Rico bajo administración de la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Este fondo será nutrido por depósitos del Fondo General, Tesoro y Fideicomiso de Puerto Rico, y recibirá anualmente el 35% del total de fondos del Fideicomiso. Los recursos se usarán exclusivamente para obras permanentes en activos e infraestructura pública.
Pros
•Fortalece la disciplina fiscal al institucionalizar la separación entre gasto operacional y capital.
•Promueve la planificación multianual de inversiones públicas, apegándose a criterios técnicos y financieros.
•Alinea la inversión pública con las prioridades estratégicas del Gobierno.
Contras
•Genera costos administrativos para la Oficina de Gerencia y Presupuesto en la implementación y gestión del Fondo.
•Puede limitar la flexibilidad presupuestaria al establecer un fondo específico para capital, lo que podría ser rígido en contextos cambiantes.
•Requiere recursos financieros adicionales para nutrir el Fondo de Proyectos de Capital.
La Oficina de Gerencia y Presupuesto, que administra el Fondo; y las agencias e instrumentalidades del Gobierno que recibirán financiamiento para obras permanentes.
Preocupa a:
Municipios y entidades gubernamentales que podrían verse limitados en la asignación de recursos si los fondos no son suficientes o bien dirigidos.
Quién paga o decide:
El Fondo será nutrido por depósitos del Fondo General, Tesoro y Fideicomiso; la Oficina de Gerencia y Presupuesto decidirá su administración.
En qué va
Radicado en el Senado el 7 de mayo de 2026, aprobado en Primera Lectura y referido a Comisión(es).
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