Qué propone
Enmienda el Artículo 5(a)(1) de la Ley 57-2023 para establecer que los empleados del Departamento de Educación deben referir situaciones de maltrato de estudiantes dentro de un término no mayor de veinticuatro (24) horas. Introduce sanciones administrativas y penalidades para aquellos que incumplan con este plazo.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Radicado el 12 de mayo de 2026, aparece en Primera Lectura del Senado el 14 de mayo de 2026 y referido a Comisión(es) el mismo día.
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