Para derogar la Ley Núm. 48 de 18 de junio de 1959, según enmendada, conocida como "Ley de
Narcóticos"; derogar la Ley Núm. 126 de 13 de julio de 1960, según enmendada, conocida como "Ley de
Barbitúricos y Otras Drogas Peligrosas",; enmendar los Artículos 308 y 601 de la Ley Núm. 4 de 23
de junio de 1971, según enmendada, conocida como "Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico",
para atemperar sus disposiciones a las de la ley federal "Controlled Substances Act" de 1970, según
enmendada; y para otros fines relacionados.