Para establecer la “Ley de Asistentes de Servicios Especiales al Estudiante, Trabajadoras I y II (T-1 y T-2)”; disponer que la remuneración base comenzará a partir de los mil ochocientos dólares ($1,800.00) mensuales; reconocer como permanente al personal transitorio, irregular y por contrato que se desempeñe como Asistente de Servicios Especiales; disponer el establecimiento de un programa en el Departamento de Educación para ofrecer adiestramientos y capacitaciones necesarias a las Asistentes de Servicios Especiales; y para decretar otras disposiciones complementarias.