Para establecer la “Ley Orgánica del Instituto Universitario Tecnológico de Puerto Rico”;
disponer sobre su autonomía operacional y fiscal; establecer sus poderes, objetivos y funciones;
crear una Junta de Gobierno que regirá el organismo aquí creado y formule su política pública;
suprimir los actuales artículos 12.07 y 12.08, y reenumerar los artículos del 12.09 al 12.13, como
los artículos 12.07 al 12.11, respectivamente, en la Ley 85-2018, según enmendada, conocida
como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de atemperar dicha Ley con
la presente; y para otros fines relacionados.